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lunes, 2 de enero de 2017

Noticias de Seguridad Social IMSS / Decreto por el que se modifica el diverso por el que se otorgan beneficios fiscales a los patrones y trabajadores eventuales del campo, publicado el 24 de julio de 2007

El Instituto Mexicano del Seguro Social dio a conocer el día de hoy (29 de diciembre) a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), el Decreto por el que se modifica el diverso por el que se otorgan beneficios fiscales a los patrones y trabajadores eventuales del campo, publicado el 24 de julio de 2007.

Al respecto, se exime parcialmente a los patrones del campo, así como a los trabajadores eventuales del campo, a que se refiere el artículo Primero del presente Decreto, de la obligación de pagar las cuotas obrero patronales de los seguros de riesgos de trabajo; de enfermedades y maternidad; de invalidez y vida; y de guarderías y prestaciones sociales, hasta por un monto equivalente a la diferencia que resulte entre las cuotas que se calculen conforme al salario base de cotización respectivo y las que resulten de considerar 1.88 veces el salario mínimo general vigente, siempre y cuando el salario base de cotización sea superior a 1.88 veces el salario mínimo general vigente.


Para efectos del cálculo del monto a que se refiere el párrafo anterior, en el ejercicio fiscal de 2018, las veces del salario mínimo general serán de 1.91 veces el salario mínimo general vigente.


Fuente: IMSS

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jueves, 28 de julio de 2016

Servicios de CTS Consultores

Servicios de CTS Consultores




1.   Servicio Contable
·         Outsourcing contable
·         Asesoria contable
·         Asesoria en materia contable Internacional y nacional

2.   Servicios Fiscales
·         Asesoria fiscal integral y servicios fiscales continuos
·         Consultoría fiscal
·         Dictamen fiscal y de seguridad social

3.   Servicio Comercio Exterior
·         Diagnóstico y asesoría para obtener la certificación CTPAT y NEEC
·         Auditorias preventivas de comercio
·         Auditorias integrales
·         Diagnóstico y asesoría para la certificación en IVA y IEPS
·         Asesoria para la creación de consorcio de exportación “empresas integradoras “
·         Asesorías en programas de fomento al Comercio Exterior. ”IMMEX , PROSEC , etc”
·         Planes de negocios de exportación
·         Capacitación

4.   Servicios Auditoria
·         Auditoria de estados financieros y auditorías internas
·         Revisiones especiales y peritajes
·         Due diligence

5.   Servicios personal
·         Outsorcing de personal
·         Máquina y elaboración de nominas
·         Reclutamiento y selección
·         Entre otros

6.   Servicios Precio de Transferencia
·         Estudios de precios de transferencias
·         Análisis de operaciones internacionales entre partes relacionadas
·         Consultorías

7.   Servicios legales
·         Corporativo
·         Mercantil
·         Civil
·         Fiscal



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jueves, 2 de junio de 2016

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer mediante el DOF del 23 de mayo, los anexos 16 y 16-A, correspondientes a la Segunda Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RM) para 2016.

En estos anexos se dan a conocer los Formatos guía para la presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales, emitido por contador público inscrito, para el ejercicio fiscal de 2015 utilizando el Sistema de Presentación del Dictamen (SIPRED).
En términos generales, el anexo 16 nos da a conocer los “Formatos guía para la presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido por contador público inscrito, por el ejercicio fiscal 2015, utilizando el SIPRED”,1 aplicable a los siguientes tipos de dictámenes:
A. Estados Financieros Generales.
B. Contribuyentes personas morales que tributen como coordinados y del régimen agrícola, ganadero, silvícola y pesquero y las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades de autotransporte terrestre de carga o pasaje.
C. Casas de cambio.
D. Intermediarios financieros no bancarios.
E. Fondos de inversión.
Por otra parte, el anexo 16-A está encaminado en dar a conocer los “Formatos guía para la presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido por contador público inscrito, por el ejercicio fiscal 2015, utilizando el SIPRED, aplicable a sociedades controladoras, controladas y del sistema financiero”,1 respecto a:
A. Sociedades controladoras y controladas.
B. Instituciones de crédito (bancos).
C. Instituciones de seguros y fianzas.
D. Casas de bolsa.
E. Sociedades controladoras de grupos financieros.
F. Establecimientos permanentes de residentes en el extranjero.
G. Sociedades integradoras e integradas.

1 El nombre de este anexo es labor autoral.
Fuente: 

http://www.dof.gob.mx

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martes, 24 de noviembre de 2015

Dictamen Fiscal. Modificaciones al artículo 52, fracción I, inciso a, del Código Fiscal de la Federación

Les informamos que dando seguimiento a nuestro comunicado del día de ayer No. 101, sobre la propuesta de modificación al artículo 52, fracción I, inciso a) del Código Fiscal de la Federación, referente a condicionar a un Contador Público que dictamine para efectos fiscales, el contar con una Maestría en contribuciones, el pleno del Senado consideró pertinente no aprobar las modificaciones, con el objetivo de mantener la redacción que corresponde al texto vigente.
El día de hoy en sesión de la Cámara de Diputados fueron aprobadas las modificaciones del Senado al proyecto de decreto de Miscelánea Fiscal, ratificando el texto original del artículo 52, fracción I, inciso a) del Código Fiscal de la Federación y pasa al Ejecutivo Federal.
Les invitamos a consultar el contenido del Folio No. 67/2014-2015 del IMCP así como elanexo.
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lunes, 23 de noviembre de 2015

Se envía al Ejecutivo Federal reforma a la LINFONAVIT para incorporar el uso de la firma electrónica en sus procesos

El 19 de noviembre de 2015, la Cámara de Diputados aprobó con 382 votos el Dictamen de la Comisión de Vivienda, con Proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 29, fracción VI, y 35, primer párrafo, y se adicionan los artículos 29 Ter y 29 Quáter a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, el cual se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales, es decir, su publicación, en caso de que éste no tenga observaciones.
Ese Proyecto de decreto deriva de la Iniciativa presentada por el senador Pablo Escudero Morales, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, al Senado de la República el 11 de diciembre de 2014, la cual fue aprobada por esa Cámara el 16 de abril del año en curso.
El Proyecto de decreto tiene por objeto incorporar el uso de medios electrónicos en los trámites ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), que beneficien la labor de las autoridades y ofrezcan opciones viables y coherentes para el correcto cumplimiento de las obligaciones de acreditados, derechohabientes y patrones, para lo cual se incorpora la posibilidad de atender los requerimientos de pago e información formulados por el INFONAVIT, la presentación de solicitudes o promociones; y el pago de aportaciones y entero de descuentos para los trabajadores.
Asimismo, proponen facultar al INFONAVIT como autoridad certificadora para aplicar el uso de la Firma Electrónica Avanzada en las formas y procedimientos a su cargo, para reconocer el uso de los certificados digitales emitidos por otras autoridades certificadoras, y para que su Consejo de Administración apruebe la normatividad en materia de uso de medios electrónicos, mensajes de datos, Firma Electrónica Avanzada y esquemas de almacenamiento electrónico.
En las Consideraciones del Dictamen se detalla que hasta la fecha el INFONAVIT ha recurrido al correo certificado y a la firma autógrafa para efectos de notificaciones y actos de autoridad, al estar impedido a hacerlo a través de medios electrónicos, pues conforme a lo dispuesto por el artículo 17-C del Código Fiscal de la Federación (CFF), los organismos fiscales autónomos sólo podrán hacer uso de medios electrónicos cuando su ley así lo establezca.
En ese sentido, las adiciones y modificaciones a la Ley contribuirán a eliminar la referida restricción y, por tanto, la Firma Electrónica Avanzada tendrá la misma validez que la firma autógrafa,  por lo que se potenciará “el campo de actuación legal del Instituto y de las contrapartes a las que sirve, esto es, los patrones y los trabajadores, por lo que se refiere a su objeto, esto es la provisión de esquemas de financiamiento para la adquisición de vivienda nueva y usada mediante crédito barato y suficiente para obtener una vivienda digna en propiedad”.
De acuerdo con los legisladores, la enmienda fortalece la atribución otorgada al INFONAVIT como autoridad fiscal autónoma, ya que podrá aprovechar las ventajas de utilizar las tecnologías de la información y la comunicación para cumplir con sus funciones de manera más eficaz y eficiente.
El decreto de reformas y adiciones a la LINFONAVIT entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF, y el Instituto, dentro de los 180 días siguientes a partir de la entrada en vigor del decreto, expedirá las reformas y adiciones correspondientes relativas a las disposiciones materia del mismo.
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jueves, 19 de noviembre de 2015

INFONAVIT: Nuevas fechas límite para cumplir con la entrega al INFONAVIT de información de los contratos outsourcing

La Gerencia de Fiscalización del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) publicó en la página institucional, www.infonavit.org.mx, un calendario para que los patrones y beneficiarios que tienen trabajadores asalariados contratados bajo el esquema de subcontratación de personal, cumplan con la obligación establecida en el artículo 29-Bis de la Ley del INFONAVIT (LINFONAVIT), consistente en comunicar trimestralmente a la delegación de recaudación correspondiente al domicilio del patrón o sujeto obligado la información siguiente:
1. El nombre, denominación o razón social; clase de persona moral; objeto social; domicilio social, fiscal; Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y Número de Registro Patronal (NRP), entre otros.
2. Objeto del contrato, vigencia del mismo, perfiles, puestos o categorías indicando si es personal operativo, administrativo o profesional, la justificación del trabajo especializado y el número de trabajadores que se pondrán a disposición del beneficiario de los servicios o trabajos contratados.
De acuerdo con las instrucciones del INFONAVIT, dadas a conocer en su página de Internet durante octubre, la primera entrega de información es la correspondiente al tercer trimestre de 2015 (julio-septiembre), y debía presentarse en el mes de octubre, a través del Sistema de Responsabilidad Solidaria (SIRESO), ya sea desde el acceso del portal empresarial o el portal institucional.
Sin embargo, a unos días de vencer el plazo para el cumplimiento oportuno de la obligación, el 27 de octubre del presente año, el Instituto extendió el plazo hasta el 13 de noviembre.
Ahora bien, con la finalidad de apoyar a los empleadores y beneficiarios que tuvieron problemas en el envío de la información mediante el SIRESO, la Gerencia de Fiscalización informó que aún tienen tiempo y pueden presentarla conforme al siguiente calendario, según la primera letra de su RFC, a saber:
Primera letra del RFCFecha límite
A-E19 de noviembre de 2015
F-L20 de noviembre de 2015
M-Q23 de noviembre de 2015
R-Z24 de noviembre de 2015
El INFONAVIT reitera que la obligación se da por cumplida al presentar la información a través del SIRESO y ello servirá para comprobar el cumplimiento de las obligaciones fiscales en materia de vivienda y garantizar los derechos de los trabajadores.
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viernes, 6 de noviembre de 2015

Se otorga ampliación de plazo para el cumplimiento en la presentación de la información a que hace referencia el Artículo 29 Bis de la Ley del Infonavit.

Mediante escrito de fecha 27 de octubre de 2015, disponible para su descarga en la dirección electrónicahttp://portal.infonavit.org.mx/wps/wcm/connect/infonavit/patrones/mis_compromisos/sireso_29_bis, la Gerencia de Recaudación y Servicio al Patrón dependiente de la Subdirección General de Recaudación Fiscal del Infonavit, da a conocer al público en general la ampliación del plazo de la obligación de presentar la información relativa al artículo 29 Bis de la Ley del Infonavit. El plazo para su presentación se amplía al próximo 13 de noviembre de 2015.
Cabe mencionar que el Instituto establecía como fecha de cumplimiento para comunicar la información del tercer trimestre del ejercicio (julio a septiembre), el mes de octubre; sin embargo, se ha reconocido que la implementación de esta nueva obligación para los patrones y demás sujetos obligados conlleva un periodo natural de curva de aprendizaje para familiarizarse con el sistema por lo cual decidió extender el plazo de vencimiento de esta obligación.
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miércoles, 23 de abril de 2014

La JFCA avala criterios de interpretación del outsourcing.


La Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA), que preside Diódoro José Siller Argüello, aprobó, con el aval del sector empresarial y de parte de los representantes sindicales, nuevos criterios de interpretación sobre la reforma laboral contenida en el artículo 15o.-A, de la Ley Federal del Trabajo(LFT), referente al outsourcing.
Los criterios buscan hacer más operativo el esquema de subcontratación que, por primera vez se incluyó en la LFT con la reforma de 2012.
Así, el documento aprobado indica que para que la subcontratación produzca plenos efectos en juicio, la parte demandada deberá acreditar la existencia de un contrato escrito en el que se cumplan los tres requisitos que indica el artículo 15o.-A de la LFT.

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lunes, 24 de junio de 2013

Desempleo al alza, se ubica en 4.94%



En mayo pasado, la Tasa de Desempleo (TD) en el país fue de 4.94%, luego del 4.83% registrado en igual mes de 2012, informa el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
En su reporte, el organismo señala que la tasa de subocupación en el quinto mes del año en curso fue de 8.6%,  ligeramente menor al 8.9% dado a conocer en mayo de 2012.
Con cifras desestacionalizadas, indica que en mayo de 2013, la tasa de desocupación a nivel nacional fue de 5.07% de la Población Económicamente Activa (PEA), tasa inferior en 0.07 puntos porcentuales a la de abril previo.
Fuente: El economista
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jueves, 18 de abril de 2013

Preparan cambios a las reglas de cotización en el IMSS: PRI. 9 de abril



El Grupo parlamentario del PRI en la Cámara de Diputados presentó el pasado 19 de marzo del 2013 una iniciativa con proyecto de decreto para reformar la LSS en su artículo 27 y derogar el artículo 32, misma que podría ser aprobada el próximo miércoles, con el fin de que el salario base de cotización de las cuotas obrero-patronales sea el mismo que se reporte para efectos del impuesto sobre la renta (ISR) y con ello pueda elevarse la recaudación por concepto de dichas contribuciones.

La reforma a la LSS pretende integrar nuevos conceptos al salario base de cotización, tales como premios de puntualidad y asistencia, horas extra, participación de utilidades para los trabajadores, despensas, fondo de ahorro y aportaciones a los planes de jubilación, que no eran considerados como parte del salario base.

Al respecto, el director del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), José Antonio González Anaya, se pronunció a favor de la iniciativa al considerar que, de aprobarse, se cerrarían las puertas a la evasión de cuotas obrero-patronales. Además, destacó que no debe haber preocupación por parte de los patrones, pues no se busca incrementar las cuotas, sólo se trata de que no se evada el pago.


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martes, 4 de diciembre de 2012

Debilidad mundial afectará PIB de México


El último jalón que dará la economía para cerrar el año no será de la misma magnitud que se preveía. Por eso, analistas consultados por el Banco de México (Banxico) ajustaron a la baja sus estimaciones para todo el 2012 y para el 2013. 
Lo anterior como efecto de la debilidad del mercado externo y la economía mundial, así como de la inestabilidad financiera internacional que destaca como principal obstáculo para la actividad económica. 
Incluso llama la atención que para el cuarto trimestre recortaron los pronósticos del Producto Interno Bruto (PIB) nacional de 3.37 a 3.01%, con lo cual para todo el año se modificó de 3.87 a 3.80 por ciento. 
El siguiente año se prevé un crecimiento de 3.44% en vez de 3.56% de la encuesta pasada. Además están proyectando que la economía de Estados Unidos avanzará solamente 2.09% este año, en lugar de 2.11% de un mes antes y para el 2013 también se modificó ligeramente de 2.04 a 2.03 por ciento. 
Las expectativas para el consumo privado de igual manera sufrieron una rebaja de 3.88 a 3.86% para este año. La inversión del sector privado presentará una variación de 5.85% en el año, cuando antes se creía que se incrementaría 6.55 por ciento.
MENOR DÉFICIT
Sin embargo, están previendo que el mercado laboral no se verá afectado. Se espera que el número de asegurados al IMSS este año sume 710,000 trabajadores frente a los 668,000 del mes anterior. 
Para el 2013, este rubro lo calculan en 631,000 empleos nuevos frente a los 625,000 de la consulta previa. 
En materia de finanzas públicas se estima que el déficit para el 2012 representará 2.47 puntos porcentuales del PIB (2.49% anterior) y en el 2013, cuando el nuevo gobierno ratificó el compromiso de tener un balance presupuestal, los analistas prevén un déficit tradicional que contempla inversiones de Pemex de 2.30% del PIB (2.38% anterior). 
La ausencia de cambios estructurales sigue entre tres principales obstáculos para el crecimiento de la actividad económica, pero bajó el grado de preocupación.
En el clima de negocios, 47% de los consultados espera que no haya nubarrones y 10% cree que empeorará. 
La mayoría afirma que actualmente la situación económica está mejor que hace un año. Pero siguen quedando dudas en 45% sobre si es favorable la coyuntura actual para las inversiones de las empresas, aunque subió el porcentaje de los que aseguran que es positiva (de 42 a 45 por ciento).
En Inversión Extranjera Directa se redujeron las proyecciones para este año de 21,556 millones de dólares a 21,091 millones de dólares. En cambio, subieron los flujos para el 2013 de 24,064 millones a 25,021 millones de dólares.
Fuente: El Economista

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miércoles, 26 de septiembre de 2012

Lo que quedó de la iniciativa de reforma laboral


La mayoría de las propuestas contenidas en la iniciativa fueron modificadas, por lo que conviene revisar el dictamen que se discutirá en el Pleno de la Cámara de Diputados

El pasado 24 de septiembre, conforme al método de dictamen para la discusión y análisis de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la LFT enviada con carácter de preferente por el Ejecutivo Federal instrumentado por la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados, los miembros de la LXII legislatura recibieron de aquélla el dictamen correspondiente con el propósito de iniciar su discusión y votación en los próximos días.

Este dictamen contiene las modificaciones propuestas por los diversos partidos políticos al proyecto inicial presentado por el Ejecutivo el pasado 1o de septiembre. Entre los cambios, se encuentran los siguientes:

• con respecto al régimen de subcontratación conocido como outsourcing, se elimina la figura del “subcontratista”, por lo que subsiste la de contratista únicamente; además se establecen las condiciones en que debe darse este tipo de trabajo y las consecuencias de su omisión

• se reglamenta la labor relacionada con la creación o interpretación artística, el desarrollo científico, deportivo, de talento y ejecución musical de los trabajadores menores de 14 años, en donde se requiere del cuidado o responsabilidad de los padres

• en lo referente a las relaciones de trabajo, se elimina la intención de que éstas subsistan cuando se conserve la misma naturaleza de la prestación de servicios que se realizaba

• en torno a los controversiales contratos a prueba y de capacitación inicial, se prevé que deberá tomarse en cuenta la opinión de la Comisión Mixta de Productividad, Capacitación y Adiestramiento para su terminación

• se suprime como obligación patronal el pago de salario por cada día que dure la suspensión de las relaciones de trabajo en caso de contingencias sanitarias

• se sancionará, por una parte al abogado litigante, con una multa de 100 a 1000 veces el salario mínimo general; y por otra al servidor público, con suspensión de 90 días o destitución de su cargo cuando dilaten u obstaculicen la resolución de un juicio laboral

• se elimina la obligación de los trabajadores de desempeñar labores o tareas complementarias a sus funciones principales, estableciéndose únicamente como una posibilidad a criterio de aquéllos, en cuyo caso recibirán la compensación salarial correspondiente

• tratándose del pago por hora, se contempla el respeto a los derechos laborales y de seguridad social. Asimismo se enfatiza que el ingreso del trabajador, en ningún caso podrá ser inferior al que corresponda a una jornada

• se propone ampliar el descanso post natal de las madres trabajadoras hasta ocho semanas, en caso de que el menor hubiese nacido con alguna discapacidad o requiera de atención médica hospitalaria. También se contempla un permiso de seis semanas en caso de adopción de un menor, y

• se profundiza sobre la capacitación y la productividad, enfocándose especialmente en las Pymes

Finalmente lo relativo a la materia sindical y el derecho a huelga, las innovaciones que lograron sobrevivir no son importantes. Destaca la obligación de los gremios de establecer en sus estatutos las reglas sobre la rendición de cuentas y la eliminación de la obligación patronal de separar del trabajo a los trabajadores miembros del sindicato que renuncien o sean expulsados de éste.

Fuente: IDC Online

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Mayor inversión, atada a reforma laboral



De aprobarse la iniciativa, las empresas extranjeras canalizarán más recursos a México: AmCham; además, las compañías aumentarán su competitividad, dice Alfredo Kupfer, directivo de ese organismo.

Si el Congreso mexicano no aprueba las reformas estructurales, incluida la laboral que actualmente discuten los diputados, la inversión extranjera directa (IED) corre el riesgo de estancarse, advierte la Cámara Americana de Comercio (AmCham por sus siglas en inglés), cuyas empresas constituyen el 70% de esta inversión..

"Hemos recogido el sentir de los distintos miembros de la Cámara, en donde estarían pensando en ampliar sus inversiones en México, o inclusive traer nuevas inversiones, ante un esquema laboral más atractivo y de mayor seguridad jurídica", dice Alfredo Kupfer, presidente del Comité de Capital Humano de AmCham.

En su opinión, de aprobarse la reforma habría una entrada gradual de IED al país, además de ser generadora de empleos, pero también se requiere la aprobación de otras reformas -como la energética o hacendaria-, pero "al menos se estaría dando el primer paso", menciona en entrevista.

Los principales partidos políticos de México coinciden en que el país necesita reestructurar sus leyes laborales, pero están en desacuerdo en cómo hacerlo, al tiempo que una propuesta para relajar las normas de contratación y aumentar la democracia dentro de los sindicatos amenaza con desatar una ola de descontento.

Kupfer comenta que si bien México es un país atractivo para la inversión, desafortunadamente en este rubro no ha tenido un crecimiento vertical, ha sido más bien marginal, pero si se aprueba esta iniciativa laboral podrían darse las condiciones para otras reformas estructurales y esa inversión va a crecer y de forma importante.

"Aunque se han mantenido niveles aceptables de inversión, no se está aprovechando todo el potencial. No dudo que aún sin la reforma el nivel de inversión en México se mantenga, pero no veo que vaya a haber un crecimiento importante".

Considera que el reto más fuerte que enfrentará la iniciativa de reforma laboral será con los sindicatos y "para nadie es desconocido que en la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados se encuentran representadas varias corrientes del movimiento obrero mexicano".

Eso es bueno, agrega, porque permite que la reforma tenga un buen balance entre competitividad, productividad, creación de mayores empleos, pero respetando los derechos de los trabajadores, todos aquellos consignados en el 123 de la Constitución y "si hay cambios (al documento) que se hagan, pero que eso no sea un pretexto para detener la reforma".

Reforma que generará empleo

Contrario a la posición de algunos legisladores de izquierda, que califican a la iniciativa de regresiva y contraria a los beneficios de los trabajadores, el presidente del comité de Capital Humano de la AmCham asegura que ni el salario por hora, ni las nuevas formas de contratación eliminan el resto de las obligaciones o beneficios de los que ya disfrutan los trabajadores.

"Al no tocar el Artículo 123 constitucional, no es no es una reforma que vaya a las raíces del derecho del trabajo. Sin embargo, sí vemos varios aspectos que serán muy positivos y que como cámara empresarial consideramos que serán buenos motores para la productividad, para la generación de empleos".

Pone como ejemplo las reglas más claras respecto a la tercerización, "que ha sido un vehículo con el cual se ha abusado de los derechos de los trabajadores". Sin embargo, no todas las empresas han abusado del outsourcing.

Al darse estas nuevas reglas que imponen mayores sanciones a quienes incumplan sus obligaciones en el esquema de la tercerización, e inclusive mayores obligaciones al beneficiario de esos servicios que tiene que ser responsable de verificar la fortaleza de la empresa de outsourcing, hará que las empresas que únicamente utilizaban esta figura como una simulación de derechos vayan desapareciendo.

Se mantienen los derechos de los trabajadores

Otro aspecto que ve positivo es el de las distintas formas de contratación que está proponiendo la nueva ley. "Contrario a lo que se ha escuchado, no se trata de la precarización del trabajo, simple y sencillamente son nuevas formas de contratación que van a dar la posibilidad de abrir espacios productivos a quienes no están insertados en la economía activa".

El contrato de temporada que va a dar la posibilidad de insertar en las contribuciones de seguridad social a los trabajadores del campo y eso será muy benéfico, mientras que el trabajo por hora también va a dar la posibilidad de nuevos trabajos.

"El salario por hora lo único que está estableciendo es una manera flexible de poder distribuir el tiempo que se le va a dedicar a un trabajo, ya sea a la semana, a la quincena o al mes, pero siempre quedando como obligación ineludible de los patrones el cumplir al menos con un salario mínimo y continuar cumpliendo con el resto de las obligaciones, prestaciones obligatorias, contribuciones de seguridad social, reparto de utilidades", expone.

Alfredo Kupfer, de AmCham, asegura que existen los suficientes controles en la iniciativa de reforma para que no haya distorsiones en el mercado laboral que afecten las prestaciones obtenidas por los trabajadores.

"En las contrataciones temporales se establece precisamente que no podrán tener una extensión superior a 30 días y solo en caso de Ejecutivos se pueden llevar a los 6 meses, pero además un punto importante señala que las distintas formas de contratación no pueden ser utilizables una después de la otra, para que con esto se trate de burlar la antigüedad o la permanencia en el trabajo", explica.

Aún más, la iniciativa dice que cuando estas formas de contrataciones existan y después se dé la contratación permanente se reconocerá la antigüedad desde el inicio del primer contrato temporal.

"Estos son inclusive refuerzos a los derechos de los trabajadores que ya se enfrentan con malas prácticas, en donde los contratos temporales se llevan a cabo uno sucesivo del otro sin limitación para que al cabo después inclusive más de un año no se reconozca la antigüedad desde un inicio".

El presidente del Comité de Capital Humano de AmCham opina que la reforma laboral ayudará a las empresas, pero que su productividad y competitividad de las empresas dependerá de otros muchos factores.

"No es únicamente por una legislación laboral más moderna, aunque es un elemento que puede contribuir a ello porque además hay varios artículos que se reforman en la ley en donde la manera de compensar a los trabajadores también va a estar sujeta a la productividad que se demuestre".

Hay una serie de factores que pueden llevar a cabo las empresas para que, sin afectar los derechos de los trabajadores, tengan oportunidades de competir inclusive internacionalmente "y es lo que estamos buscando, no quedarnos atrás con relación a otras economías y sí competir con otras regiones", y por ello considera necesario aprobar otras reformas estructurales

Fuente: CNN Expansión

 
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miércoles, 8 de febrero de 2012

Salario mínimo ha perdido 24% de poder adquisitivo

 
La reducción de las percepciones mínimas en México son mayores que en otros países, revela estudio de la UNAM

En los últimos doce años la pérdida acumulada del salario mínimo en México ha sido de 24.42%, “la peor comparada con Brasil, Uruguay, Perú, Guatemala y Costa Rica”, de acuerdo con un estudio del Centro de análisis multidisciplinario de la Facultad de Economía de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

Además, México “es el país que registra el menor crecimiento acumulado del salario (57.89%) en ese lapso, respecto a las cinco naciones latinoamericanas referidas”, apunta el estudio denominado “Tendencias del poder adquisitivo en seis países de América Latina 2000-2011”.

Con el salario mínimo mexicano, que en el Distrito Federal es de 62.33 pesos diarios, sólo se pueden adquirir tres cuartas partes de la “canasta alimenticia mínima indispensable”, integrada por azúcar, frijol, arroz, café, leche y aceite.

“En cambio, en Brasil, con un aumento en el salario mínimo nominal de 493.94%, y una recuperación de 97.66% en igual lapso, se pueden adquirir 23 canastas básicas”, añade el análisis. Adicionalmente, en México sólo en el año 2002 se registraron números positivos en cuanto a la recuperación del ingreso mínimo.

“Si los salarios no suben al mismo ritmo que los precios de los productos básicos, la población sufre la pérdida de compra, y por tanto, una pauperización continúa”, anota la casa de estudios.

En contraste, en Brasil existen mejores condiciones, “púes en doce años se acumuló una recuperación del 97.66%” del salario mínimo. Así mismo, Brasil, Guatemala y Uruguay han disminuido el tiempo de trabajo necesario para adquirir bienes básicos. Pero en México, Costa Rica y Perú “se aplica jornadas de 46 horas a la semana, 38% más de lo que laboran los alemanes para obtener lo mismo”.

Fuente: IDC Online.
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