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jueves, 28 de julio de 2016

Servicios de CTS Consultores

Servicios de CTS Consultores




1.   Servicio Contable
·         Outsourcing contable
·         Asesoria contable
·         Asesoria en materia contable Internacional y nacional

2.   Servicios Fiscales
·         Asesoria fiscal integral y servicios fiscales continuos
·         Consultoría fiscal
·         Dictamen fiscal y de seguridad social

3.   Servicio Comercio Exterior
·         Diagnóstico y asesoría para obtener la certificación CTPAT y NEEC
·         Auditorias preventivas de comercio
·         Auditorias integrales
·         Diagnóstico y asesoría para la certificación en IVA y IEPS
·         Asesoria para la creación de consorcio de exportación “empresas integradoras “
·         Asesorías en programas de fomento al Comercio Exterior. ”IMMEX , PROSEC , etc”
·         Planes de negocios de exportación
·         Capacitación

4.   Servicios Auditoria
·         Auditoria de estados financieros y auditorías internas
·         Revisiones especiales y peritajes
·         Due diligence

5.   Servicios personal
·         Outsorcing de personal
·         Máquina y elaboración de nominas
·         Reclutamiento y selección
·         Entre otros

6.   Servicios Precio de Transferencia
·         Estudios de precios de transferencias
·         Análisis de operaciones internacionales entre partes relacionadas
·         Consultorías

7.   Servicios legales
·         Corporativo
·         Mercantil
·         Civil
·         Fiscal



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martes, 24 de noviembre de 2015

Compendio de la Reforma Fiscal de 2016

El pasado 18 de noviembre apareció publicado en el Diario Oficial de la Federación  el compendio de la Reforma Fiscal de 2016, el cual incluye el decreto con el que se adiciona el artículo 76-A a la Ley de Impuesto Sobre la Renta (puede consultar la Reforma en esta liga:http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5415878&fecha=18/11/2015 ).
Este nuevo artículo 76-A se origina como parte de los esfuerzos de la autoridad fiscal mexicana (SAT) por responder a las recomendaciones en materia fiscal que la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) emite como parte del ya famoso plan de acción BEPS (Base Erosión and Profit Shifting), específicamente, la acción 13, referente a la documentación de precios de transferencia. Es así que México se convertió en el 4° país en incorporar en su legislación los nuevos estándares de documentación emitidos por la OCDE (además de España, Reino Unido y Austria).
El artículo en comento señala nuevas obligaciones de revelación de información para los contribuyentes que llevan a cabo operaciones con partes relacionadas. En primera instancia, los contribuyentes que se señalan en el artículo 32-H, fracciones I, II, III y IV, (es decir, aquellos obligados a presentar DISIF) y que celebren operaciones con partes relacionadas, están obligados a presentar, a más tardar el 31 de diciembre del año siguiente al ejercicio fiscal que se trate, las siguientes declaraciones anuales:
  1. Declaración informativa maestra del grupo empresarial multinacional: Esta obligación aplica a aquellos contribuyentes con operaciones con partes relacionadas del extranjero. Se solicita información de la estructura organizacional del grupo, sobre sus intangibles, actividades financieras, la posición fiscal y financiera del grupo.
  2. Declaración informativa local de partes relacionadas: En esta declaración se deberán presentar  datos importantes del estudio de precios de transferencia, que el contribuyente debe tener para sustentar sus operaciones con partes relacionadas. Esta obligación implica revelar información de todas las operaciones con partes relacionadas, ya sean nacionales o extranjeras.
  3. Declaración informativa país por país del grupo empresarial multinacional: La obligación consiste en revelar en un formato información importante de las actividades, a nivel mundial, del grupo empresarial, como son: distribución mundial de ingresos e impuestos pagados, localización de las actividades económicas del grupo señalando ingresos (con partes relacionadas e independientes) utilidades y pérdidas, ISR pagado y causado en el ejercicio, cuentas de capital, número de empleados, activos fijos, así como un listados de todas las empresas integrantes del grupo y de sus actividades económicas.
Debido a las características de la declaración país por país, esta obligación es aplicable solo a los contribuyentes que sean personas morales controladoras multinacionales residentes en México, y que el ejercicio inmediato anterior hayan tenido ingresos consolidados (a nivel Grupo) superiores a doce mil millones de pesos.  Asimismo, también deberán presentar esta declaración las subsidiarias mexicanas que hubiesen sido designadas por su controladora del extranjero como responsable de proporcionar la declaración país por país.
El artículo señala que el SAT proporcionará las reglas y formatos oficiales para la presentación de estas declaraciones, y que la autoridad podrá solicitar información adicional a la mencionada. Sobre este último punto, si bien la OCDE ha emitido diversos documentos informativos sobre las características que debieran tener este tipo de declaraciones, el SAT deja abierta la puerta para solicitar “información adicional”, lo cual podría poner bajo gran incertidumbre jurídica a los contribuyentes.
También se señala que en los casos en que el SAT no pueda allegarse de la declaración país por país de un grupo multinacional residente en el extranjero con subsidiaria en México, una vez agotados los mecanismos de intercambio de información de los tratados internacionales, el SAT podrá solicitar la declaración a la subsidiaria mexicana, quien contaría con 120 días para presentarla. Esta disposición puede poner en serios aprietos a las subsidiarias mexicanas, que muy probablemente no contaría con la información y los medios para cumplir con la solicitud de la autoridad en tan corto tiempo. Se espera que el SAT proporcione reglas adicionales para concretizar en qué casos prácticos aplicaría esta situación.
Respecto a las sanciones por no cumplir con la obligación de presentar las declaraciones del artículo 76-A, el artículo 81 fracción XL y el artículo 82 fracción XXXVII señalan una multa de entre $140,000 y $200,000 pesos. No obstante, una sanción adicional y quizá la mas fuerte es que el contribuyente que incumpla con estas obligaciones no podrá vender bienes y servicios al Gobierno Federal.
En próximas ocasiones revisaremos cada una de las declaraciones y su posible impacto al contribuyente.
Le invitamos a contactarnos para comentar sus inquietudes sobre  los impactos de estas nuevas obligaciones y de los Precios de Transferencia en sus negocios y en su grupo empresarial. Nuestro equipo está capacitado para responder con empatía, creatividad, pensamiento crítico y calidad, con la  mente abierta para crear sinergias con nuestros clientes.
CTS CONSULTORES
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jueves, 4 de julio de 2013

Validez del Dictamen Fiscal 2012 hasta el 3 de julio



El día de ayer  (3 de julio) el Jefe del SAT  autorizó la ampliación del plazo para la presentación del Dictamen Fiscal por 48 horas, es decir, los dictámenes presentados hasta las 24 hrs. del día 3 de julio tendrán plena validez.

Dicha información es presentada en la página del SAT y en el Folio No. 40 2012-2013 emitido por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C.

El Colegio de Contadores Públicos de México agradece a toda su Membrecía los comentarios emitidos que ayudaron a realizar esta gestión, asimismo agradecemos al SAT por concedernos este plazo.


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martes, 4 de diciembre de 2012

Debilidad mundial afectará PIB de México


El último jalón que dará la economía para cerrar el año no será de la misma magnitud que se preveía. Por eso, analistas consultados por el Banco de México (Banxico) ajustaron a la baja sus estimaciones para todo el 2012 y para el 2013. 
Lo anterior como efecto de la debilidad del mercado externo y la economía mundial, así como de la inestabilidad financiera internacional que destaca como principal obstáculo para la actividad económica. 
Incluso llama la atención que para el cuarto trimestre recortaron los pronósticos del Producto Interno Bruto (PIB) nacional de 3.37 a 3.01%, con lo cual para todo el año se modificó de 3.87 a 3.80 por ciento. 
El siguiente año se prevé un crecimiento de 3.44% en vez de 3.56% de la encuesta pasada. Además están proyectando que la economía de Estados Unidos avanzará solamente 2.09% este año, en lugar de 2.11% de un mes antes y para el 2013 también se modificó ligeramente de 2.04 a 2.03 por ciento. 
Las expectativas para el consumo privado de igual manera sufrieron una rebaja de 3.88 a 3.86% para este año. La inversión del sector privado presentará una variación de 5.85% en el año, cuando antes se creía que se incrementaría 6.55 por ciento.
MENOR DÉFICIT
Sin embargo, están previendo que el mercado laboral no se verá afectado. Se espera que el número de asegurados al IMSS este año sume 710,000 trabajadores frente a los 668,000 del mes anterior. 
Para el 2013, este rubro lo calculan en 631,000 empleos nuevos frente a los 625,000 de la consulta previa. 
En materia de finanzas públicas se estima que el déficit para el 2012 representará 2.47 puntos porcentuales del PIB (2.49% anterior) y en el 2013, cuando el nuevo gobierno ratificó el compromiso de tener un balance presupuestal, los analistas prevén un déficit tradicional que contempla inversiones de Pemex de 2.30% del PIB (2.38% anterior). 
La ausencia de cambios estructurales sigue entre tres principales obstáculos para el crecimiento de la actividad económica, pero bajó el grado de preocupación.
En el clima de negocios, 47% de los consultados espera que no haya nubarrones y 10% cree que empeorará. 
La mayoría afirma que actualmente la situación económica está mejor que hace un año. Pero siguen quedando dudas en 45% sobre si es favorable la coyuntura actual para las inversiones de las empresas, aunque subió el porcentaje de los que aseguran que es positiva (de 42 a 45 por ciento).
En Inversión Extranjera Directa se redujeron las proyecciones para este año de 21,556 millones de dólares a 21,091 millones de dólares. En cambio, subieron los flujos para el 2013 de 24,064 millones a 25,021 millones de dólares.
Fuente: El Economista

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