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viernes, 6 de noviembre de 2015

Se otorga ampliación de plazo para el cumplimiento en la presentación de la información a que hace referencia el Artículo 29 Bis de la Ley del Infonavit.

Mediante escrito de fecha 27 de octubre de 2015, disponible para su descarga en la dirección electrónicahttp://portal.infonavit.org.mx/wps/wcm/connect/infonavit/patrones/mis_compromisos/sireso_29_bis, la Gerencia de Recaudación y Servicio al Patrón dependiente de la Subdirección General de Recaudación Fiscal del Infonavit, da a conocer al público en general la ampliación del plazo de la obligación de presentar la información relativa al artículo 29 Bis de la Ley del Infonavit. El plazo para su presentación se amplía al próximo 13 de noviembre de 2015.
Cabe mencionar que el Instituto establecía como fecha de cumplimiento para comunicar la información del tercer trimestre del ejercicio (julio a septiembre), el mes de octubre; sin embargo, se ha reconocido que la implementación de esta nueva obligación para los patrones y demás sujetos obligados conlleva un periodo natural de curva de aprendizaje para familiarizarse con el sistema por lo cual decidió extender el plazo de vencimiento de esta obligación.
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jueves, 18 de abril de 2013

Preparan cambios a las reglas de cotización en el IMSS: PRI. 9 de abril



El Grupo parlamentario del PRI en la Cámara de Diputados presentó el pasado 19 de marzo del 2013 una iniciativa con proyecto de decreto para reformar la LSS en su artículo 27 y derogar el artículo 32, misma que podría ser aprobada el próximo miércoles, con el fin de que el salario base de cotización de las cuotas obrero-patronales sea el mismo que se reporte para efectos del impuesto sobre la renta (ISR) y con ello pueda elevarse la recaudación por concepto de dichas contribuciones.

La reforma a la LSS pretende integrar nuevos conceptos al salario base de cotización, tales como premios de puntualidad y asistencia, horas extra, participación de utilidades para los trabajadores, despensas, fondo de ahorro y aportaciones a los planes de jubilación, que no eran considerados como parte del salario base.

Al respecto, el director del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), José Antonio González Anaya, se pronunció a favor de la iniciativa al considerar que, de aprobarse, se cerrarían las puertas a la evasión de cuotas obrero-patronales. Además, destacó que no debe haber preocupación por parte de los patrones, pues no se busca incrementar las cuotas, sólo se trata de que no se evada el pago.


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martes, 4 de diciembre de 2012

Debilidad mundial afectará PIB de México


El último jalón que dará la economía para cerrar el año no será de la misma magnitud que se preveía. Por eso, analistas consultados por el Banco de México (Banxico) ajustaron a la baja sus estimaciones para todo el 2012 y para el 2013. 
Lo anterior como efecto de la debilidad del mercado externo y la economía mundial, así como de la inestabilidad financiera internacional que destaca como principal obstáculo para la actividad económica. 
Incluso llama la atención que para el cuarto trimestre recortaron los pronósticos del Producto Interno Bruto (PIB) nacional de 3.37 a 3.01%, con lo cual para todo el año se modificó de 3.87 a 3.80 por ciento. 
El siguiente año se prevé un crecimiento de 3.44% en vez de 3.56% de la encuesta pasada. Además están proyectando que la economía de Estados Unidos avanzará solamente 2.09% este año, en lugar de 2.11% de un mes antes y para el 2013 también se modificó ligeramente de 2.04 a 2.03 por ciento. 
Las expectativas para el consumo privado de igual manera sufrieron una rebaja de 3.88 a 3.86% para este año. La inversión del sector privado presentará una variación de 5.85% en el año, cuando antes se creía que se incrementaría 6.55 por ciento.
MENOR DÉFICIT
Sin embargo, están previendo que el mercado laboral no se verá afectado. Se espera que el número de asegurados al IMSS este año sume 710,000 trabajadores frente a los 668,000 del mes anterior. 
Para el 2013, este rubro lo calculan en 631,000 empleos nuevos frente a los 625,000 de la consulta previa. 
En materia de finanzas públicas se estima que el déficit para el 2012 representará 2.47 puntos porcentuales del PIB (2.49% anterior) y en el 2013, cuando el nuevo gobierno ratificó el compromiso de tener un balance presupuestal, los analistas prevén un déficit tradicional que contempla inversiones de Pemex de 2.30% del PIB (2.38% anterior). 
La ausencia de cambios estructurales sigue entre tres principales obstáculos para el crecimiento de la actividad económica, pero bajó el grado de preocupación.
En el clima de negocios, 47% de los consultados espera que no haya nubarrones y 10% cree que empeorará. 
La mayoría afirma que actualmente la situación económica está mejor que hace un año. Pero siguen quedando dudas en 45% sobre si es favorable la coyuntura actual para las inversiones de las empresas, aunque subió el porcentaje de los que aseguran que es positiva (de 42 a 45 por ciento).
En Inversión Extranjera Directa se redujeron las proyecciones para este año de 21,556 millones de dólares a 21,091 millones de dólares. En cambio, subieron los flujos para el 2013 de 24,064 millones a 25,021 millones de dólares.
Fuente: El Economista

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miércoles, 26 de septiembre de 2012

Mayor inversión, atada a reforma laboral



De aprobarse la iniciativa, las empresas extranjeras canalizarán más recursos a México: AmCham; además, las compañías aumentarán su competitividad, dice Alfredo Kupfer, directivo de ese organismo.

Si el Congreso mexicano no aprueba las reformas estructurales, incluida la laboral que actualmente discuten los diputados, la inversión extranjera directa (IED) corre el riesgo de estancarse, advierte la Cámara Americana de Comercio (AmCham por sus siglas en inglés), cuyas empresas constituyen el 70% de esta inversión..

"Hemos recogido el sentir de los distintos miembros de la Cámara, en donde estarían pensando en ampliar sus inversiones en México, o inclusive traer nuevas inversiones, ante un esquema laboral más atractivo y de mayor seguridad jurídica", dice Alfredo Kupfer, presidente del Comité de Capital Humano de AmCham.

En su opinión, de aprobarse la reforma habría una entrada gradual de IED al país, además de ser generadora de empleos, pero también se requiere la aprobación de otras reformas -como la energética o hacendaria-, pero "al menos se estaría dando el primer paso", menciona en entrevista.

Los principales partidos políticos de México coinciden en que el país necesita reestructurar sus leyes laborales, pero están en desacuerdo en cómo hacerlo, al tiempo que una propuesta para relajar las normas de contratación y aumentar la democracia dentro de los sindicatos amenaza con desatar una ola de descontento.

Kupfer comenta que si bien México es un país atractivo para la inversión, desafortunadamente en este rubro no ha tenido un crecimiento vertical, ha sido más bien marginal, pero si se aprueba esta iniciativa laboral podrían darse las condiciones para otras reformas estructurales y esa inversión va a crecer y de forma importante.

"Aunque se han mantenido niveles aceptables de inversión, no se está aprovechando todo el potencial. No dudo que aún sin la reforma el nivel de inversión en México se mantenga, pero no veo que vaya a haber un crecimiento importante".

Considera que el reto más fuerte que enfrentará la iniciativa de reforma laboral será con los sindicatos y "para nadie es desconocido que en la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados se encuentran representadas varias corrientes del movimiento obrero mexicano".

Eso es bueno, agrega, porque permite que la reforma tenga un buen balance entre competitividad, productividad, creación de mayores empleos, pero respetando los derechos de los trabajadores, todos aquellos consignados en el 123 de la Constitución y "si hay cambios (al documento) que se hagan, pero que eso no sea un pretexto para detener la reforma".

Reforma que generará empleo

Contrario a la posición de algunos legisladores de izquierda, que califican a la iniciativa de regresiva y contraria a los beneficios de los trabajadores, el presidente del comité de Capital Humano de la AmCham asegura que ni el salario por hora, ni las nuevas formas de contratación eliminan el resto de las obligaciones o beneficios de los que ya disfrutan los trabajadores.

"Al no tocar el Artículo 123 constitucional, no es no es una reforma que vaya a las raíces del derecho del trabajo. Sin embargo, sí vemos varios aspectos que serán muy positivos y que como cámara empresarial consideramos que serán buenos motores para la productividad, para la generación de empleos".

Pone como ejemplo las reglas más claras respecto a la tercerización, "que ha sido un vehículo con el cual se ha abusado de los derechos de los trabajadores". Sin embargo, no todas las empresas han abusado del outsourcing.

Al darse estas nuevas reglas que imponen mayores sanciones a quienes incumplan sus obligaciones en el esquema de la tercerización, e inclusive mayores obligaciones al beneficiario de esos servicios que tiene que ser responsable de verificar la fortaleza de la empresa de outsourcing, hará que las empresas que únicamente utilizaban esta figura como una simulación de derechos vayan desapareciendo.

Se mantienen los derechos de los trabajadores

Otro aspecto que ve positivo es el de las distintas formas de contratación que está proponiendo la nueva ley. "Contrario a lo que se ha escuchado, no se trata de la precarización del trabajo, simple y sencillamente son nuevas formas de contratación que van a dar la posibilidad de abrir espacios productivos a quienes no están insertados en la economía activa".

El contrato de temporada que va a dar la posibilidad de insertar en las contribuciones de seguridad social a los trabajadores del campo y eso será muy benéfico, mientras que el trabajo por hora también va a dar la posibilidad de nuevos trabajos.

"El salario por hora lo único que está estableciendo es una manera flexible de poder distribuir el tiempo que se le va a dedicar a un trabajo, ya sea a la semana, a la quincena o al mes, pero siempre quedando como obligación ineludible de los patrones el cumplir al menos con un salario mínimo y continuar cumpliendo con el resto de las obligaciones, prestaciones obligatorias, contribuciones de seguridad social, reparto de utilidades", expone.

Alfredo Kupfer, de AmCham, asegura que existen los suficientes controles en la iniciativa de reforma para que no haya distorsiones en el mercado laboral que afecten las prestaciones obtenidas por los trabajadores.

"En las contrataciones temporales se establece precisamente que no podrán tener una extensión superior a 30 días y solo en caso de Ejecutivos se pueden llevar a los 6 meses, pero además un punto importante señala que las distintas formas de contratación no pueden ser utilizables una después de la otra, para que con esto se trate de burlar la antigüedad o la permanencia en el trabajo", explica.

Aún más, la iniciativa dice que cuando estas formas de contrataciones existan y después se dé la contratación permanente se reconocerá la antigüedad desde el inicio del primer contrato temporal.

"Estos son inclusive refuerzos a los derechos de los trabajadores que ya se enfrentan con malas prácticas, en donde los contratos temporales se llevan a cabo uno sucesivo del otro sin limitación para que al cabo después inclusive más de un año no se reconozca la antigüedad desde un inicio".

El presidente del Comité de Capital Humano de AmCham opina que la reforma laboral ayudará a las empresas, pero que su productividad y competitividad de las empresas dependerá de otros muchos factores.

"No es únicamente por una legislación laboral más moderna, aunque es un elemento que puede contribuir a ello porque además hay varios artículos que se reforman en la ley en donde la manera de compensar a los trabajadores también va a estar sujeta a la productividad que se demuestre".

Hay una serie de factores que pueden llevar a cabo las empresas para que, sin afectar los derechos de los trabajadores, tengan oportunidades de competir inclusive internacionalmente "y es lo que estamos buscando, no quedarnos atrás con relación a otras economías y sí competir con otras regiones", y por ello considera necesario aprobar otras reformas estructurales

Fuente: CNN Expansión

 
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martes, 20 de marzo de 2012

SUA 3.3.3




El INFONAVIT en conjunto con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), han desarrollado adiciones al nuevo SUA, con la intención de beneficiar la operación de los patrones para con el Infonavit, obteniendo:

La versión SUA 3.3.3 considera lo siguiente:

• Actualización de las tablas y reportes para el cálculo de la Determinación de la Prima de Riesgo de Trabajo.

• Actualización de la rutina de generación del archivo del "Cálculo de Prima de RT" cuando se selecciona más de un Registro Patronal para el cálculo.

• Adición del mensaje descriptivo cuando se intenta guardar en unidades de red no disponibles o en una unidad de CD: “La unidad no está disponible para guardar el archivo, seleccione otro destino”.

• Ajuste en la generación del archivo Afil.txt al ejecutar la opción "Utilerías / Exportar Datos a Txt's".

• Modificación en la pantalla "Actualizar Patrones", cambiando el texto del botón “Eliminar” ubicado en la sección de Prima de RT por el texto “Eliminar Prima”.

• Ajuste a las validaciones del campo RFC del patrón.

• Inhabilitación de la captura de la letra Ñ en el campo del Folio de Incapacidad.

• Ajuste al sistema para que permita eliminar el movimiento de Incapacidad importado.

• Ajuste a los reportes “Cédula de Determinación de Cuotas” y “Cédula de Determinación de Cuotas Extemporáneo” para que muestren los datos de totales y de algunas ramas cuando se calcula un registro patronal modalidad 38.

• Validación al realizar el cálculo oportuno o extemporáneo de la correcta captura del Salario Mínimo vigente a partir del 01 de enero de 2012.

• Actualización de los datos históricos vigentes del Índice Nacional de Precios al Consumidor y Porcentaje de Recargos, para el periodo de julio-1997 a diciembre-2011, lo cual permitirá que:

1. Los cálculos de Empresas Bipartitas así como los pagos extemporáneos se generen con los datos históricos correctos de los factores de índices y recargos referidos, teniendo el Patrón que registrar sólo los factores posteriores al periodo mencionado (diciembre-2011 en adelante).

Mejoras al SUA:

Adición de un nuevo reporte en la opción "Determinación de Prima de RT / Obtención de Reportes", con los datos de Incapacidades de todos los trabajadores del patrón activo.

¡Estás listo para empezar a trabajar en el SUA!

Descarga SUA. 3.3.3.

Manejo del SUA en 3 pasos

Para realizar un pago de manera sencilla, sólo se requiere realizar tres pasos, que se deben iniciar en el Menú Principal, de la ventana principal del sistema:

1. Actualizar patrones:

Para Actualizar patrones y después de haber seleccionado el punto 1 del Menú principal (página 2), sólo deberás anotar los datos de:

• Identificación.

• Ubicación.

• Relación con el IMSS.

Los datos de “Mes y Año de Inicio del Módulo de Afiliación” déjalos como se presentan.

Por último, selecciona Actualizar y Salir para ir a:

2. Actualizar trabajadores y movimientos:

Para Actualizar trabajadores y después de haber seleccionado el punto 2 del Menú principal (página 2), sólo deberás anotar los datos de:

• Identificación.

• Ubicación.

• Relación con el IMSS de tu empleado.

Cuando se cargan los datos del trabajador por primera vez, aparecerá abierta la ventana de la pestaña “Datos Afiliatorios”, después de lo cual deberás seleccionar la pestaña de “Movimientos”, para actualizar movimientos e incidencias que pudieron haber tenido tus trabajadores en el periodo: bajas, reingresos, modificación de salario, incapacidad, ausentismo, inicio de crédito, suspensión de descuento, reinicio de descuento, modificación tipo de descuento, modificación valor descuento y modificación número de crédito.

Por último, selecciona Actualizar y Salir. Con todo lo anterior, estarás listo para:

3. Generar el cálculo oportuno y el archivo de pago:

Para el Cálculo Oportuno, y después de haber seleccionado el punto 3 del Menú principal (página 2), sólo deberás:

• Elegir el periodo a procesar.

• Seleccionar el botón de calcular.

• Esperar que el sistema haga el cálculo correspondiente por cada uno de los conceptos (IMSS, RCV e Infonavit) y seleccionar el que deseas pagar.

Por último, seleccionar Genera Pago para que se procese la información, que se guardará en un disquete, el que deberás llevar a la entidad receptora (banco) de tu preferencia, con el importe a pagar, después de lo cual la entidad te proporcionará tu comprobante respectivo

Descarga aquí la versión SUA 3.3.3.

Fuente: INFONAVIT

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lunes, 13 de febrero de 2012

Nuevo Reglamento del Infonavit

 
Se dio a conocer el nuevo Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Infonavit (Ripaedi) en el que se incorporan algunos de los criterios que rigen actualmente en el Instituto y se contempla el uso de los medios electrónicos para diversos trámites.

En lo general, los cambios más importantes por capítulo son los siguientes:

• Capítulo I. Disposiciones generales: se incorporan conceptos como dictamen, salario base de aportación y trabajador acreditado; se señala que el Infonavit, a petición de los patrones, les enviará por medios electrónicos información relacionada con el cumplimiento de sus obligaciones

• Capítulo II. De la inscripción y presentación de avisos: establece el uso obligatorio de la Clave Única de Registro de Población (CURP), pero hasta que el IMSS sustituya al Número de Seguridad Social por dicha clave; modificaciones salariales de las variables se presentarán en los términos del artículo 34 de la Ley del Seguro Social

• Capítulo III. De la determinación y pago de aportaciones: se permite el pago de aportaciones en las oficinas del Instituto cuando así lo autorice; contempla la determinación presuntiva de aportaciones, en términos del Código Fiscal de la Federación; reconoce los pagos al Infonavit realizados por los patrones a través de transferencias electrónicas; y se define al salario devengado

• Capítulo IV. De la retención y entero de descuentos para la amortización de crédito: establece lo que deberá hacerse cuando los datos de la cédula de determinación no sean iguales a los del aviso de retención de descuentos; el efecto de que desaparezcan los datos del crédito de la cédula de determinación; incluye la posibilidad de que el patrón informe a los trabajadores con quienes termina un vínculo laboral, acerca de la posibilidad de pedir una prórroga para el pago de su crédito, y

• Capítulo V. De la opción para dictaminarse por contador público autorizado: el dictamen de vivienda podrá presentarse en medios electrónicos y se simplifica el contenido de algunos sus anexos; asimismo la opinión del dictaminador sobre la situación fiscal del patrón y los anexos del dictamen fiscal relativos a las aportaciones de vivienda se exhibirán dentro de 15 días hábiles siguientes a la fecha de vencimiento de entrega ante el SAT

Vigencia: 11 de febrero de 2012, día en que abrogó a su similar del 9 de diciembre de 1997.

Fuente: IDC Online

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jueves, 2 de febrero de 2012

Suben 36% los contribuyentes que acuden a Prodecon

El Ombudsman fiscal atendió en enero a un promedio de 29 personas al día con quejas en contra del SAT, IMSS e INFONAVIT

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) atendió a un promedio de 29 personas al día que acudieron a esa institución en enero pasado, inconformes con el Sistema de Administración Tributaria (SAT), el IMSS y el INFONAVIT, lo que representa un aumento del 36% en el número de quejosos.

El personal de Prodecon atendió sólo en enero a 658 contribuyentes con diversos problemas, “lo que representa la cifra más alta” desde que esa entidad comenzó sus actividades el 1 de septiembre de 2011, detalló el organismo en un comunicado.

En forma global, en los cinco meses en los que ha operado el Ombudsman fiscal, se han atendido 2,276 contribuyentes, que equivalen a 22 personas diarias en jornadas hábiles.

Cabe destacar que en el área de Representación Legal y Defensa de la Prodecon la materia más recurrente sigue siendo “la multa de Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT), que representa el 47% de los casos atendidos.

El porcentaje restante se distribuye de la siguiente manera: 11% devoluciones; 11% multas de no Emisión de Comprobantes Fiscales; 7% créditos desconocidos, y 1% multas por el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE), entre otros.

Adicionalmente, desde septiembre de 2011 la Prodecon ha patrocinado 135 demandas de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA), así como 39 recursos de revocación ante el SAT.

Fuente: IDC Online
 
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viernes, 9 de septiembre de 2011

Cómo presentar anexos SIPRED e información SIPIAD al Infonavit

 
El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) a través de su página de Internet dio a conocer a los patrones obligados dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales por el ejercicio 2010, los calendarios e instructivos a observar para la presentación de la copia del informe sobre su situación fiscal y anexos relativos a las aportaciones de vivienda exhibidos al Servicio de Administración Tributaria (SAT) a través del SIPRED, o la información sustituta de dicho dictamen que optaron por entregar mediante el SIPIAD.

Anexos fiscales

Aquellos patrones que cumplieron con la obligación de dictaminarse fiscalmente deberán acudir a la Gerencia de Fiscalización de la Delegación del Infonavit correspondiente a su domicilio fiscal y entregar lo siguiente:

• original y copia del formato DO-01.D.F, "Carta de Presentación de Informe y Anexos"

• CD no regrabable, de cualquier densidad y rotulado con el nombre del patrón, RFC y período dictaminado. Éste debe estar dentro de un sobre con los datos de identificación del patrón y contener los siguientes archivos individuales:

o opinión, informe y acuse de recibo del dictamen presentado por Internet al SAT (digitalizada) en PDF, JPG o GIF

o declaración anual (digitalizada) en PDF, JPG o GIF, sin límite de tamaño ?sólo aquellos contribuyentes sin trabajadores o sin número de registro patronal-

o anexos del dictamen fiscal relativos a las aportaciones de vivienda, según el tipo de dictamen de que se trate. Los tres anexos deben incluirse en un mismo archivo de Excel, pero cada uno debe tener su pestaña renombrada con el número del anexo correspondiente, respetando el formato predeterminado en la hoja de cálculo del SIPRED, a saber:

Tipo de dictamen fiscal Número y nombre del anexo

Estados financieros en general 7. Análisis comparativo de las subcuentas de gastos

10. Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor o recaudador

18. Relación de contribuciones por pagar

Régimen simplificado 5. Análisis comparativo de las subcuentas de gastos

8. Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor o recaudador

15. Relación de contribuciones por pagar

Establecimientos permanentes 7. Análisis comparativo de las subcuentas de gastos

10. Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor o recaudador

18. Relación de contribuciones por pagar

Sociedades controladoras y controladas 7. Análisis comparativo de las subcuentas de gastos

10. Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor o recaudador

17. Relación de contribuciones por pagar

Donatarias 4. Análisis comparativo de las subcuentas de gastos

6. Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor o recaudador

8. Relación de contribuciones por pagar

Bancos y Sociedades Financieras de Objeto Limitado (Sofoles), y casas de bolsa 5. Análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados

6. Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor o recaudador, y

13. Relación de contribuciones por pagar

Casas de cambio; grupos financieros, y sociedades de inversión de capitales 5. Análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados

6. Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor o recaudador, y

12. Relación de contribuciones por pagar

Aseguradoras, y afianzadoras 5. Análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados

6. Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor o recaudador, y

15. Relación de contribuciones por pagar

Intermediarios financieros no bancarios 6. Análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados

7. Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor o recaudador, y

14. Relación de contribuciones por pagar

Sociedades de inversión de renta variable y en instrumentos de deuda 5. Análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados

6. Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor o recaudador, y

10. Relación de contribuciones por pagar

En caso de ejercicios anteriores a 2010 los anexos deben presentarse respetando el formato y número de anexo, según la versión utilizada para su entrega ante el SAT.



Información alterna al dictamen

Los patrones que optaron por presentar al SAT la información sustituta al dictamen fiscal mediante el SIPIAD, tienen que exhibir ante la Gerencia de Fiscalización del Infonavit correspondiente a su domicilio fiscal lo siguiente:

• original y copia del formato DO-01.D.F, "Carta de Presentación de Informe y Anexos"

• CD no regrabable, de cualquier densidad y rotulado con el nombre del patrón, Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y período dictaminado. El CD debe estar dentro de un sobre con los datos de identificación del patrón contribuyente y contener los siguientes archivos individuales:

o acuse de recibo del dictamen presentado por Internet al SAT (digitalizado) en PDF, JPG o GIF

o declaración anual (digitalizada) en PDF, JPG o GIF, sin límite de tamaño ?sólo aquellos contribuyentes sin trabajadores o sin número de registro patronal-, e

o información equivalente correspondiente a los anexos relacionados con las aportaciones patronales al Infonavit, según el tipo de dictamen de que se trate. Todos los anexos deben incluirse en un mismo archivo de Excel, pero cada uno debe tener su pestaña renombrada con el número del anexo correspondiente, respetando el formato predeterminado en la hoja de cálculo del SIPIAD, a saber:

Tipo de dictamen fiscal Número y nombre del anexo

Personas morales en general y físicas con actividad empresarial y Régimen Simplificado 5. Análisis comparativo de las subcuentas de gastos

7. Relación de contribuciones, compensaciones y devoluciones

8.Base para la determinación del impuesto retenido sobre honorarios, arrendamientos e intereses

Sociedades controladoras y grupos financieros; sociedades de inversión de capitales, de renta variable y en instrumentos de deuda; casas de bolsa y de cambio; instituciones de crédito y Sofoles e instituciones de seguros y fianzas, e intermediarios financieros no bancarios 5. Análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados

6. Relación de contribuciones, compensaciones y devoluciones

7. Base para la determinación del impuesto retenido sobre honorarios, arrendamientos e intereses



Fechas de entrega

Fecha de exhibicIón del dictamen O INFORMACIÓN ALTERNA DEL MISMO ante el SAT Fecha límite de presentación de anexos fiscales al Infonavit

Jueves 1 de septiembre Viernes 23 de septiembre

Viernes 2 de septiembre Lunes 26 de septiembre

Sábado 3 de septiembre Lunes 26 de septiembre

Domingo 4 de septiembre Lunes 26 de septiembre

Lunes 5 de septiembre Martes 27 de septiembre

Martes 6 de septiembre Miércoles 28 de septiembre

Miércoles 7 de septiembre Jueves 29 de septiembre

Jueves 8 de septiembre Viernes 30 de septiembre

Viernes 9 de septiembre Lunes 3 de octubre

Sábado 10 de septiembre Lunes 3 de octubre

Domingo 11 de septiembre Lunes 3 de octubre

Lunes 12 de septiembre Martes 4 de octubre

Martes 13 de septiembre Miércoles 5 de octubre

Miércoles 14 de septiembre Jueves 6 de octubre

Jueves 15 de septiembre Viernes 7 de octubre



Tratándose de sociedades controladoras que consoliden su resultado fiscal deben exhibir sus anexos al Infonavit a más tardar el próximo 21 de octubre.

Fuente: IDC



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lunes, 30 de mayo de 2011

Infonavit cambia reglas para otorgar créditos



Se dieron a conocer los cambios a las Reglas para el Otorgamiento de Créditos a los Trabajadores Derechohabientes del Infonavit, por virtud de los cuales se incorpora el concepto de las ecotecnologías en los siguientes aspectos:

• los créditos otorgados por el Infonavit deberán destinarse a viviendas que además de ser cómodas e higiénicas y estar ubicadas en zonas con toda la infraestructura urbana (servicios de agua potable, energía eléctrica, drenaje o fosa séptica), cuenten con ecotecnologías, esto es: aparatos y equipos que utilicen tecnología moderna y eficiente que permita el ahorro de energía y agua

• el total del crédito otorgado por el Instituto no podrá exceder de la suma del monto máximo señalado en las tablas correspondientes y del tope de ecotecnologías, y

• el Infonavit incorporará en el importe de la cuota mensual de amortización el monto del pago correspondiente a la amortización del crédito otorgado por ecotecnologías

Asimismo se señala que el Infonavit podrá:

• otorgar los montos máximos de crédito establecidos en las Tablas siempre y cuando transfiera a una entidad financiera el porcentaje del crédito otorgado. En este caso el saldo de la subcuenta de vivienda se podrá aplicar parcialmente junto con el monto del crédito y así la suma total por concepto de crédito más el saldo de la subcuenta de vivienda que podrán recibir los trabajadores no estará sujeta a ningún límite máximo, y

• aplicar el saldo de la subcuenta de vivienda de la cuenta individual, para reducir el saldo insoluto del crédito o para mejorar las condiciones financieras de éste

Fuente: IDC Online
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jueves, 5 de mayo de 2011

IMSS Autoriza A Dictaminadores Uso de su Fiel


Se dan a conocer los lineamientos a observar por los contadores públicos autorizados (CPA) para dictaminar el cumplimiento de las obligaciones patronales en materia del Seguro Social que opten por realizar los trámites electrónicos inherentes a la presentación del dictamen y su aviso, empleando su Firma Electrónica Avanzada (FIEL) emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Entre otros, los aspectos más importantes son los siguientes:

--para solicitar la autorización del uso de la FIEL el CPA tendrá que:
  •  ingresar al Sistema de Identificación Electrónica de Tecnología Criptográfica (Sistema IETC), mismo que pondrá a su disposición el IMSS, vaciar sus datos de identificación y generar la Carta de Términos y Condiciones para el uso de la FIEL, y
  •  cumplir con lo siguiente: contar con su FIEL vigente; presentar certificado digital del SAT; proporcionar los datos de identificación, de su domicilio fiscal y centro de trabajo y correo electrónico para recibir notificaciones
-- la FIEl y su certificado digital sustituyen la firma autógrafa del CPA y garantizan la integridad del documento signado con ésta

-- por todo trámite electrónico realizado por el CPA se emitirá y almacenará temporalmente un acuse de recibo electrónico, siendo éste el medio de comprobación

-- los CPA:
  •  o deberán notificar por escrito al IMSS cualquier modificación a la información de su registro dentro de los 10 días posteriores a que ocurra el supuesto respectivo, de lo contrario el Instituto podrá revocar la autorización del uso de la FIEL, y
  •  podrán solicitar la cancelación de la autorización para el uso de la FIEL en los trámites ante el Instituto a través de Internet o en forma presencial, tras lo cual obtendrán el acuse de recibo correspondiente, y
-- la presentación al IMSS de información incorrecta, incompleta o falsa no exime al CPA del cumplimiento de las obligaciones a su cargo, sin perjuicio de que sea sancionado conforme a las disposiciones legales aplicables
 
Fuente:DC Online.com.mx de( Acuerdo ACDO.SA3.HCT.270411/120.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico en la sesión celebrada el 27 de abril de 2011 (IMSS, DOF 4 de mayo de 2011).)
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martes, 19 de abril de 2011

Entrega De Aviso De Dictamen Y Dictamen Infonavit


Se dieron a conocer los lineamientos a los que se sujetarán los patrones que opten por dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones en materia de Infonavit, por el ejercicio 2010 y anteriores.

Presentación del aviso
Los avisos de dictamen por el ejercicio 2010 deberán exhibirse dentro de los cuatro meses siguientes a la terminación del ejercicio fiscal inmediato anterior, esto es, de enero a abril de 2011, para lo cual tendrán que presentar la siguiente documentación:

• formato de "AVISO PARA LA PRESENTACIÓN DEL DICTAMEN", (DI-01 Presentación de aviso.doc), por empresa señalando todos los Registros patronales en el campo establecido dentro del propio formato
• layout en Excel 97-2003
• copia de la constancia de registro del contador público autorizado
Tratándose de ejercicios anteriores, el aviso podrá exhibirse en cualquier momento.

Dictamen Infonavit
Tendrá que presentarse dentro de un plazo máximo de seis meses contados a partir de la fecha de presentación del aviso.
Para tal efecto, los patrones deberán de entregar la documentación e información siguiente:

• carta de presentación del dictamen, en original y copia, por empresa y por ejercicio fiscal (Carta de presentación D.I.doc)

• opinión, utilizando los formatos: sin salvedad (sin pago), sin salvedad (con pago), con salvedad, abstención de opinión y opinión negativa

• copia del acuse de recibo del aviso del dictamen presentado ante el Infonavit

• disco compacto con:

  • o una relación en archivo de Excel 97-2003, con grupos relacionados por tipo de opinión (Relación de grupos de opinión D.I...xls), y
  • o anexos del Dictamen en archivos de Excel 97-2003 conteniendo máximo 20 registros patronales; los archivos deberán elaborarse de acuerdo con el layout ya establecido desde 2008 (layouts_Dictamen Infonavit.pdf)

Lugar de presentación

Ambos trámites deberán realizarse en la oficina de fiscalización de la delegación que corresponda al domicilio fiscal del patrón.
Fuente: www.infonavit.org.mx

 

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martes, 15 de marzo de 2011

Lanza el INFONAVIT el Programa “Renueva tu Hogar”, financiamiento sin garantía hipotecaria



El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) lanzó el programa “Renueva tu Hogar”, el cual es un financiamiento para que los derechohabientes puedan realizar mejoras menores en las viviendas que habitan, utilizando como garantía el saldo de la subcuenta de vivienda y sin hipotecar el inmueble.

De esa manera, el INFONAVIT proporcionará un financiamiento que otorgarán las entidades financieras, cuyo monto oscilará entre 4 mil y 43 mil pesos, de acuerdo al salario del trabajador y del plazo que elija para liquidarlo, el cual podrá ser de entre 12 y 30 meses, con pagos fijos y utilizando las aportaciones que realizan los patrones para acelerar el pago del préstamo.

Con este producto, los trabajadores podrán cambiar pisos, muebles de baño, cocina, pintar, impermeabilizar, entre otras cuestiones relacionadas, siempre y cuando reúnan los siguientes requisitos:

1. Cumplan el puntaje solicitado por el INFONAVIT (116 puntos) o bien, con las condiciones de precalificación anticipada.

2. No tengan un crédito vigente con ese Instituto (tradicional, Cofinavit o Apoyo Infonavit).

3. Tengan comprobante de domicilio a nombre del derechohabiente, de su cónyuge o de un pariente en primer grado.

Los recursos del préstamo estarán disponibles en una tarjeta de prepago, la cual podrá utilizarse en los comercios que vendan materiales para remodelación y mejora de vivienda. También se podrá disponer en efectivo hasta de un 20% del crédito, para el pago de mano de obra, mediante cajeros automáticos.

Este producto arrancará en su fase piloto en el Distrito Federal, y en los estados de Puebla, Baja California, Morelos y Nuevo León, por lo que se prevé que se encuentre disponible en mayo a nivel nacional. En esta primera etapa se contará con la participación de BBVA Bancomer y Monex.

Fuente: INFONAVIT

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viernes, 25 de febrero de 2011

DEDUZCA INTERESES DE CRÉDITO INFONAVIT


Conozca el procedimiento para obtener la Constancia de Intereses Infonavit del ejercicio 2010
El próximo 30 de abril vence el plazo para que las personas físicas presenten su declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y una de las acciones principales al elaborarla es la recopilación de todos los conceptos que puedan considerarse deducciones personales según el artículo 176 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), entre las cuales destacan los intereses reales efectivamente pagados en el ejercicio por créditos hipotecarios destinados a la adquisición de su casa habitación contratados con las instituciones integrantes del sistema financiero, siempre que el monto total de los créditos otorgados por dicho inmueble no exceda de un millón quinientas mil unidades de inversión (UDI’s).

Como el numeral 226 del Reglamento de la LISR permite que los intereses reales efectivamente pagados en el ejercicio de que se trate, incluyendo los moratorios, derivados de los créditos hipotecarios contratados con los organismos públicos federales y estatales –como es el caso del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit)– puedan considerarse deducibles, si usted apreciable lector cuenta con trabajadores que están amortizando un crédito con ese Instituto sugiérales que presenten su declaración anual, aun cuando no estén obligados a hacerlo, a fin de deducir el importe de los intereses reales devengados por este concepto y quizás obtener la devolución de alguna cantidad a su favor.

Para obtener la Constancia de Intereses Infonavit del ejercicio 2010 el trabajador deberá:

• ingresar a la página electrónica del Infonavit: www.infonavit.org.mx, en la sección Trabajadores ubicar el módulo Servicios en línea y dar clic en la opción Constancia anual para la declaración de impuestos

• introducir su número de crédito, elegir el ejercicio fiscal, escribir el código de seguridad que se indica en la página desplegada y pulsar el botón Enviar

• revisar los datos arrojados por el sistema (nombre completo del acreditado, número de crédito, año fiscal y Registro Federal de Contribuyentes) y de ser correctos dar clic en Imprimir Carta a fin de presentar la constancia de intereses junto con su declaración anual para los efectos señalados. Si los datos que aparecen en pantalla son incorrectos deberá llamar al Infonatel al 91 71 5050 en el DF, o al 01800 008 3900 en el interior de la República Mexicana, a fin de realizar la aclaración correspondiente

A la fecha de cierre de esta edición, en el sitio web del Infonavit se señala que la constancia de intereses para la declaración de impuestos correspondiente al ejercicio fiscal 2010, estará disponible a partir del 23 de febrero y da la opción de registrar los datos al pulsar el link Suscripción a servicios de comunicación Infonavit para recibir en su cuenta de correo electrónico dicho documento

Fuente: IDC Online

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