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viernes, 6 de noviembre de 2015

CTS Consultores

Nosotros

Somos una firma mexicana especializada en servicios de consultoría contable, fiscal y de auditoria, que con 14 años de experiencia nos ha consolidado para ofrecer soluciones integrales y con un alto impacto para nuestros clientes en el ámbito global que operan.
CTS Consultores está formado por un equipo de jóvenes profesionales enfocados en ofrecer servicios de calidad y alta precisión con una respuesta ágil, necesaria en el ámbito actual de nuestros clientes.
Las unidades de negocios que hoy conforman CTS Consultores son:
  • Servicios contables
  • Servicios fiscales
    • Con especial experiencia en servicios de precios de transferencia
  • Servicios de auditoría integral e interna
  • Administración de recursos humanos en las áreas de contabilidad y finanzas así como servicios de personal externo (outsourcing)
CTS Consultores, al preocuparse por resolver integralmente los problemas a los que día a día se enfrentan sus clientes, ha desarrollado un programa de sinergia con empresas especializadas para ofrecer los servicios de:
  • Auditoria y Contabilidad.
  • Impuestos
  • Precios de Transferencia
  • Legal
  • Seguridad Social 
  • Soporte IT
Contáctenos y permítanos conocer sus necesidades para,  en conjunto con su equipo, buscar la solución más adecuada para su empresa.
Gracias por su interés en nosotros,  también síguenos en

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jueves, 17 de septiembre de 2015

Medios de pago

A través de este servicio podrás obtener la ficha para hacer el pago de tus aportaciones patronales, tanto del bimestre próximo a vencer, como de aquellos bimestres que no cubriste en tiempo y forma.
También podrás dar seguimiento a las fichas de pago que hayas generado en dicho módulo.
Para poder ingresar al servicio Medios de pago es necesario que te registres en el Portal Empresarial.
Términos y condiciones del servicio
  • Puedes hacer el pago de tu ficha en las ventanillas de HSBC, en los horarios establecidos por el banco, o bien, a través de SPEI, CLABE 021180550300047565, referencia corta 5503 de las 8:00 a las 17:30 horas.
  • No es necesario que generes el disco SUA para la individualización de los recursos ya que, una vez reflejado el pago en nuestro sistema institucional, este proceso se llevará a cabo de manera automática.
  • El pago se reflejará dos días hábiles después de la fecha en la que lo efectúes y quedará individualizado dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que se registre.
  • Si en las últimas 24 horas hiciste un pago mediante el SUA por algunos de los bimestres que se muestran en el resumen de adeudos en este módulo, éste se reflejará en nuestros sistemas después de diez días hábiles. Evita hacer un nuevo pago por dicho periodo a través de este servicio.
  • Si el pago de tus adeudos lo haces dentro de los 45 días hábiles posteriores a la notificación del requerimiento, el Infonavit aplica la disminución en el cobro de multas establecida en los artículos 75 fracción VI y 76, séptimo párrafo del Código Fiscal.
  • Si el pago de tus adeudos lo haces dentro de los primeros diez días hábiles posteriores a que surta efectos la notificación del requerimiento, el Instituto aplica la disminución correspondiente a la resolución RCA-3907-09/12, en el concepto de multas.
  • En caso de que generes un pago duplicado, puedes solicitar su devolución mediante el trámite correspondiente. Consulta cómo se lleva a cabo en el portal institucional.
  • Una vez que tu pago esté registrado e individualizado, puedes obtener tu CFDI en el servicio Comprobante fiscal.
  • Los gastos de ejecución no se cobrarán por cada uno de los periodos que comprende la diligencia de embargo; éstos se cargarán en su totalidad en el primer periodo que elijas para generar la ficha de pago.
    Importante:
    Recuerda que debes llenar todos los apartados que muestra el sistema de tu banca electrónica, incluida la referencia completa que aparece en la ficha de pago (en el apartado referencia larga), y verificarlos antes de autorizar la transferencia, ya que esos datos son los que nos permitirán identificar el pago hecho por tu empresa.
Si deseas ingresar al Portal Empresarial para hacer tus pagos, consulta la guía rápida para usuarios del servicio en línea.
Fuente: Infonavit
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martes, 8 de septiembre de 2015

Información

INPC
(Julio 2015):
116.128Recargos-Mora % (2015):1.13Recargos-Plazo % (2015):0.75Tipo de cambio:16.8454
Recargos-Plazo hasta 12 meses %
(a partir del 29-VI-2006):
1.00Recargos-Plazo más de 12 y hasta 24 meses %
(a partir del 29-VI-2006):
1.25Recargos-Plazo más de 24 meses y plazo diferido %
(a partir del 29-VI-2006):


1.50
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viernes, 4 de septiembre de 2015

SAT: Jóvenes, gran potencial para cambiar a México

Aristóteles Núñez Sánchez, Jefe del Servicio de Administración Tributaria (SAT), al reunirse con estudiantes del Tecnológico de Monterrey campus Estado de México, dijo que los jóvenes representan un gran potencial para el país, ya que entre el 2020 y el 2040 nuestro país “contará con el bono demográfico más importante del mundo, pues la mayor parte de los mexicanos se encontrará en este segmento de la población, que estará en condición física y con preparación académica y técnica, con capacidad de ser productivos, lo que provocará que México se posicione como la quinta economía a nivel mundial”, afirmó.
Así lo señaló el funcionario al platicar acerca de la cultura contributiva y los nuevos profesionistas. Además, habló de temas como: Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), recaudación y distribución de ingresos, del programa Crezcamos Juntos, estructura del padrón de contribuyentes, entre otros.
El Jefe del SAT dijo que en ese “bono demográfico” es donde interviene la autoridad tributaria, en su labor de recaudar impuestos, y detalló que de una población de 120 millones de mexicanos, hasta el mes de junio pasado están registrados 49.6 millones en el padrón de contribuyentes.
En este sentido, informó que gracias a que los contribuyentes en el país están pagando sus impuestos, al mes de julio se han recaudado un billón 415 mil millones de pesos, por lo que se alcanzará la meta programada para el presente año, establecida en dos billones de pesos. Por último, detalló que en comparación con el 2012, hay un 64% más de contribuyentes registrados, pagando sus impuestos.
Fuente:SAT, Comunicado de prensa 098/2015
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jueves, 5 de junio de 2014

Modificación al esquema de Control de Matriz y Sucursales

Si se es patrón que cuenta con más de un registro patronal, puedes optar por asociar tus certificados digitales al esquema de Control de Matriz y Sucursales, otorgando o retirando a cada certificado digital, los atributos para realizar tus trámites electrónicos.
Se puede realizar si se es Un patrón, sujeto obligado o representante legal que tiene más de un registro patronal.
El esquema de control de Matriz y Sucursales permite a una empresa matriz adherir a su Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE), la funcionalidad de los NPIE de sus sucursales, y en cualquier momento, solicitar cambio de permisos o disociación de las mismas.
Con la adhesión a este esquema, la matriz podrá controlar la transmisión de los movimientos afiliatorios de todos los trabajadores de las sucursales y de la propia matriz, así como otorgar o inhibir permisos para realizar movimientos afiliatorios, consulta y confronta de la emisión
Para efectuar la adhesión de los NPIE de las sucursales al NPIE de la matriz, ambos deberán cumplir con lo siguiente:
*Contar con un NPIE, Certificado Digital y Registro Patronal vigentes.
*Contar al menos con un trabajador registrado.
En lo que corresponde a la(s) sucursal(es) deberá(n) además, cumplir con lo siguiente:
*No encontrarse adheridos a otro NPIE matriz.
*Tener el mismo nombre o denominación social que la matriz.
*No contar con un NPIE adherido.
Para realizar el trámite es a través de los servicios en línea disponibles en Internet en el link http://idse.imss.gob.mx/certificacion/sucursalesInicio.sucursales
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miércoles, 23 de abril de 2014

México y Panamá firman Tratado de Libre Comercio


La Presidencia de la República informó que el pasado 3 de abril de 2014 se firmó el Tratado de Libre Comercio (TLC) entre México y Panamá, entre los presidentes de ambos países. En este marco, el Presidente de México, Enrique Peña Nieto, señaló que el ese Acuerdo comercial “abre espacios de mayor oportunidad para la eventual participación de Panamá en la Alianza del Pacífico, y en las plataformas que ambas naciones tienen para promover el libre comercio, así como un mayor intercambio entre las naciones y con los mercados en los que ambos países participan”, señaló.
Por su parte, el Presidente de Panamá, Ricardo Martinelli Berrocal, celebró que gracias a la iniciativa del Presidente Peña Nieto y del gobierno panameño, se logró concretar el TLC entre ambas naciones, “dado que la apertura comercial es lo que hace a un país competitivo”, enfatizó.
Asimismo, esa dependencia destacó que el Tratado adoptado con Panamá “es un Acuerdo comercial moderno y de vanguardia”, el cual refleja el interés de fortalecer los vínculos de los sectores productivos de ambos países, así como de obtener el máximo beneficio de las complementariedades económicas.
“Cabe destacar que México es una potencia manufacturera y Panamá una economía que brinda servicios de excelencia mundial. La combinación de esas fortalezas tendrá un impacto positivo en la incorporación de valor agregado en las cadenas regionales de producción”, se dijo.
En ese entorno, el TLC permitirá:
1. Incrementar el flujo de negocios, garantizando el acceso para los bienes y servicios mexicanos a una economía complementaria y dinámica.
2. Proteger las inversiones, así como establecer procedimientos para la solución de controversias y evitar obstáculos que inhiban el comercio y la inversión entre ambos países.
3. Fortalecer la competitividad de México, al integrar insumos y servicios de excelencia de Panamá en nuestras operaciones de comercio exterior.
De esa manera, el TLC México-Panamá atenderá a la posición estratégica de Panamá en las relaciones de México con el hemisferio americano y sienta las bases para establecer un importante corredor comercial en el continente para la producción y distribución de bienes y servicios, tanto en América como en mercados globales.
Finalmente, los mandatarios Peña Nieto y Martinelli fueron testigos de la firma del Acuerdo de Cooperación en Materia de Medicamentos entre la Secretaría de Salud (SSa) y el Ministerio de Salud panameño. Asimismo, los Mandatarios atestiguaron la firma del Memorándum de Entendimiento entre la Secretaría de Turismo (SECTUR) de México y la Autoridad de Turismo de la República de Panamá.
Fuente:               Presidencia de la República
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jueves, 4 de julio de 2013

Validez del Dictamen Fiscal 2012 hasta el 3 de julio



El día de ayer  (3 de julio) el Jefe del SAT  autorizó la ampliación del plazo para la presentación del Dictamen Fiscal por 48 horas, es decir, los dictámenes presentados hasta las 24 hrs. del día 3 de julio tendrán plena validez.

Dicha información es presentada en la página del SAT y en el Folio No. 40 2012-2013 emitido por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C.

El Colegio de Contadores Públicos de México agradece a toda su Membrecía los comentarios emitidos que ayudaron a realizar esta gestión, asimismo agradecemos al SAT por concedernos este plazo.


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martes, 4 de diciembre de 2012

Debilidad mundial afectará PIB de México


El último jalón que dará la economía para cerrar el año no será de la misma magnitud que se preveía. Por eso, analistas consultados por el Banco de México (Banxico) ajustaron a la baja sus estimaciones para todo el 2012 y para el 2013. 
Lo anterior como efecto de la debilidad del mercado externo y la economía mundial, así como de la inestabilidad financiera internacional que destaca como principal obstáculo para la actividad económica. 
Incluso llama la atención que para el cuarto trimestre recortaron los pronósticos del Producto Interno Bruto (PIB) nacional de 3.37 a 3.01%, con lo cual para todo el año se modificó de 3.87 a 3.80 por ciento. 
El siguiente año se prevé un crecimiento de 3.44% en vez de 3.56% de la encuesta pasada. Además están proyectando que la economía de Estados Unidos avanzará solamente 2.09% este año, en lugar de 2.11% de un mes antes y para el 2013 también se modificó ligeramente de 2.04 a 2.03 por ciento. 
Las expectativas para el consumo privado de igual manera sufrieron una rebaja de 3.88 a 3.86% para este año. La inversión del sector privado presentará una variación de 5.85% en el año, cuando antes se creía que se incrementaría 6.55 por ciento.
MENOR DÉFICIT
Sin embargo, están previendo que el mercado laboral no se verá afectado. Se espera que el número de asegurados al IMSS este año sume 710,000 trabajadores frente a los 668,000 del mes anterior. 
Para el 2013, este rubro lo calculan en 631,000 empleos nuevos frente a los 625,000 de la consulta previa. 
En materia de finanzas públicas se estima que el déficit para el 2012 representará 2.47 puntos porcentuales del PIB (2.49% anterior) y en el 2013, cuando el nuevo gobierno ratificó el compromiso de tener un balance presupuestal, los analistas prevén un déficit tradicional que contempla inversiones de Pemex de 2.30% del PIB (2.38% anterior). 
La ausencia de cambios estructurales sigue entre tres principales obstáculos para el crecimiento de la actividad económica, pero bajó el grado de preocupación.
En el clima de negocios, 47% de los consultados espera que no haya nubarrones y 10% cree que empeorará. 
La mayoría afirma que actualmente la situación económica está mejor que hace un año. Pero siguen quedando dudas en 45% sobre si es favorable la coyuntura actual para las inversiones de las empresas, aunque subió el porcentaje de los que aseguran que es positiva (de 42 a 45 por ciento).
En Inversión Extranjera Directa se redujeron las proyecciones para este año de 21,556 millones de dólares a 21,091 millones de dólares. En cambio, subieron los flujos para el 2013 de 24,064 millones a 25,021 millones de dólares.
Fuente: El Economista

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miércoles, 3 de marzo de 2010

PRECIOS DE TRANSFERENCIA


La exigencia de documentación de las operaciones vinculadas impulsará las fusiones
Las empresas que finalizan su ejercicio el 31 de diciembre disponen solamente hasta la presentación del Impuesto sobre Sociedades, en el mes de julio, para documentar adecuadamente las operaciones vinculadas entre las empresas del grupo o entre la sociedad y sus socios y familiares de éstos. Los contribuyentes tendrán obligación de tener a disposición de la Inspección dicha documentación, a partir del 25 de julio de 2010.

En el caso de empresas pertenecientes a los mismos socios, estas nuevas obligaciones pueden favorecer las fusiones y reestructuraciones empresariales para evitar tener que estar realizando operaciones vinculadas continuamente, los que obligaría a tener que estar, en consecuencia, valorando precios de transferencia en la gestión ordinaria.

Entre las empresas más afectadas se encuentras aquellas que conforman un grupo de sociedades especializadas en la fabricación, comercialización y distribución o, por ejemplo, cuando hay una inmobiliaria y una constructora que actúan sobre los mismos proyectos.

Las operaciones vinculadas son un producto producido por la competencia entre las administraciones tributarias, que quieren asegurarse su parte en la recaudación de los grupos de empresas multinacionales, que buscan tributar en los Estados con menor tributación.

Sin embargo, la adaptación de esta normativa ha terminado afectando no sólo a las grandes empresas sino también a las pequeñas y medianas empresas, con unos costes muy elevados, no sólo de carácter formal, sino también por el amplísimo régimen de sanciones que conlleva
.
Las exigencias de documentación son más leves para las pymes, según establece el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, pero los asesores fiscales se encuentran excesivamente preocupados, fundamentalmente porque las empresas no se han enterado casi generalmente de que existen estas nuevas obligaciones desde febrero de 2009.

Las líneas generales para la actuación de la Inspección de Hacienda durante 2010 tienen entre sus preferencias la investigación de las operaciones vinculadas. Que la cosa va en serio está claro, porque la Agencia Tributaria ha puesto en marcha recientemente una unidad especializada para estudiar los precios de mercado fijados en las operaciones vinculadas más complejas, de ámbito internacional.

La Dirección General de Tributos, en una consulta vinculante de 17 de septiembre de 2009, señalaba que no se encuentra en disposición de pronunciarse acerca de la adecuación del precio establecido como renta mensual en el alquiler de un local por una persona a una empresa de la que es administrador, en relación con el valor de mercado del mismo.

Considera tributos, que esta cuestión es materia de prueba y, por tanto, debe tenerse en cuenta que la valoración de los medios probatorios de cada caso en particular corresponde realizarla a los órganos de la Administración tributaria encargados de la gestión e inspección de los tributos.

No obstante, las empresas pueden solicitar a la Administración tributaria que determine la valoración de las operaciones efectuadas entre personas o entidades vinculadas con carácter previo a la realización de éstas, acompañando a dicha solicitud una propuesta que se fundamente en el valor normal de mercado.

Sin embargo, los asesores fiscales no se muestran muy confiados en este tipo de figuras, al menos mientras dure la crisis, puesto que los acuerdos se realizan por cuatro años y en este plazo es muy posible que los precios varíen, lo que es bueno para las empresas cuando suben y malo cuando bajan, ya que Hacienda sigue percibiendo los mismos impuestos.

Según lo establecido en el apartado 8 del artículo 16 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, si el valor convenido resulta distinto del valor normal de mercado, la diferencia entre ambos valores tendrá para las personas o entidades vinculadas el tratamiento fiscal que corresponda a la naturaleza de las rentas puestas de manifiesto como consecuencia de la existencia de dicha diferencia.

Si la vinculación se define en función de la relación socio único-entidad, la diferencia tendrá la consideración de participación en beneficios de entidades si dicha diferencia fuese a favor del socio o partícipe, o, con carácter general, de aportaciones del socio o partícipe a los fondos propios si la diferencia fuese a favor de la entidad.
FUENTE: http://www.icnr.es/articulo.php?n=100303043330

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martes, 20 de octubre de 2009

SERVICIOS INTRAGRUPO Y PRECIOS DE TRANSFERENCIA


Lo que debe saber para evitar ser sorprendido.

Con la presión económica encima, las compañias caen en la tentación de modificar sus utilidades para reducir sus adeudos fiscales. Sin embargo, simultáneamente, los Gobiernos recienten la reducción de sus ingresos fiscales, lo que genera autoridades fiscales más vigilantes y tendientes al escrutinio en materia de precios de transferencia.

Precios de transferencia es el termino que se utiliza para definir los precios de las operaciones (activos tangibles e intangibles, servicios y transferencias de efectivo) entre partes relacionadas, nacionales y del extranjero. En la actualidad, los Gobiernos de las principales economías del mundo cuentan con legislaciones fiscales en la materia.

Las investigaciones y auditorias de precios de transferencia por las autoridades fiscales se vuelven más comunes y recurrentes, particularmente sobre servicios intragrupo, ya que representan un fácil objetivo para las autoridades ficales?, comenta un experto en precios de transferencia de un despacho ?Big Four?. Con el
prevaleciente clima económico, muchas multinacionales buscan
mecanismos para extraer fondos de sus subsidiarias mediante la facturación de servicios.

El problema con los servicios intragrupo, es que las autoridades fiscales buscan identificar casos donde la empresa matriz recibe transferencias de efectivo de sus subsidiarias sin que están reciban un beneficio (o servicio) a cambio. Este es el error clave de las
multinacionales: si las subsidiarias están pagando por servicios de los cuales no reciben un beneficio material o aparente, las autoridades investigarán y muy seguramente auditarán la operación.

Las autoridades fiscales se están enfocando en revisar operaciones intragrupo que aparecen repentinamente y que no se facturaban en años anteriores, o en el incremento significativo de los montos facturados por el mismo servicio en el año anterior. Los Directivos de las empresas deben estar conscientes de de cómo se están facturando los servicios intragrupo y que tipo de margen deben llevar estas transacciones.

Un ejemplo de estos servicios intragrupo sería una factura de la matriz a la subsidiaria por servicios de contabilidad que aparece repentinamente, cuando la subsidiaria ya cuenta con su propio departamento de contabilidad. Esta situación representaría una alarma para la autoridad fiscal.

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miércoles, 14 de octubre de 2009

LOS EXPERTOS SEÑALAN A LOS PRECIOS DE TRANSFERENCIA COMO UNO DE LOS PRINCIPALES TEMAS FISCALES EN EL MUNDO.

Expertos fiscalistas de las principales firmas de auditoría del mundo, han identificado a los precios de transferencia como uno de los temas más importantes en la actualidad, a nivel mundial. Las tendencias indican que este tema ganará mucha importancia en la medida que más empresas transnacionales se expanden y que las autoridades fiscales buscan más formas de recaudar impuestos.

Debido a que las autoridades fiscales buscan más ingresos, como resultado de un encogimiento de la economía, vamos a ver incrementos de auditorías fiscales en las diferentes formas de recaudación, incluyendo la expansión de regulaciones de precios de transferencia a través del mundo.?, dijo Martin Wallbeck, director de precios de transferencia en uno de los 4 despachos más importantes del mundo.


Los precios de transferencia abarcan todos los aspectos importantes en materia de precios intercompañia por operaciones entre partes relacionadas, ya sea la transferencia de bienes tangibles o intangibles, de una jurisdicción fiscal a otra.

El realizar operaciones intercomapañias en dos jurisdicciones fiscales distintas, puede representar serias complicaciones y riesgos para el contribuyente debido a las diferencias entre las diferentes regulaciones fiscales, generando problemas de doble imposición, lo cual puede implicar multas importantes de parte de las autoridades fiscales por el no cumplimiento de sus propias regulaciones.

Pero en tiempos recientes, los asesores fiscales (despachos de auditoria) están desarrollando servicios que ayudan a sus clientes a mitigar o disminuir riesgos y complicaciones por estos temas, a la vez que ayudan a crear conciencia en las empresas sobre la importancia de administrar y soportar los precios de sus operaciones intercompañia.

Los asesores fiscales advierten y ayudan a sus clientes con operaciones con partes relacionadas del extranjero, a desarrollar e implementar políticas internas de precios de transferencia en línea con las regulaciones locales de impuesto sobre la renta, y en líneas con las Guías de la OCDE sobre Precios de transferencia.



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lunes, 21 de septiembre de 2009

LOS GOBIERNOS ALINEAN REPRESIÓN DE IMPUESTOS DE FIJACIÓN DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA


Los precios de transferencia en el radar de los gobiernos

Controles transfronterizos sobre precios de transferencia están siendo sometidos a mayores niveles de control como los gobiernos de destino como una fuente fácil de ingresos fiscales. Las empresas con operaciones en China, Vietnam y Grecia se enfrentan expandió los controles sobre precios, mientras que las economías occidentales están reforzando su propio programa de cruces de auditoría de la frontera, informó la empresa Global Transfer Pricing practice. Authorities Servicios están dispuestos a meta fiscal en torno a las discrepancias de precios de transferencia .
Es el costo de los bienes o servicios transferidos dentro de una organización, El cual difiere de lo establecido por el principio de plena competencia, la transferencia de servicos mas alla de las fronteras entre compañías independinetes.

Muchas de las economías más importantes de Europa han introducido una serie de nuevas medidas, según la encuesta, incluidos los requisitos de la nueva documentación, el uso creciente de las transacciones basadas en metodologías y evaluaciones más estrictas de propiedad intelectual y oportunidades de negocio.

La región más activa de Asia-Pacífico, con la India, Australia, China, la República de Corea y Japón, tomando nota de todos los aumentos en la actividad de auditoría, con Singapur espera que sigan su ejemplo, todos reforzar sus regímenes fiscales a igualar los niveles occidentales de control.

Del mismo modo, Europa está tratando de aprovechar al máximo el número de empresas puesta en marcha en la región con la esperanza de aprovechar los menores costos. Empresas que operan en los EE.UU. son cada vez más para avanzar en acuerdos de fijación de precios (AFAP), un acuerdo alcanzado previamente entre el contribuyente y la administración sobre los precios de una transacción, con la esperanza de predecir el futuro de los ingresos fiscales de manera más estable.

fuente:AccountancyAge.com

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jueves, 17 de septiembre de 2009

DE LA OCDE PARA REFORMAR SUS NORMAS DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA

A pesar de que la India intenta llevar su régimen de impuestos directos en sintonía con las prácticas globales a través del Código de Impuestos Directos, la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) ha decidido renovar sus directrices de precios de transferencia y ha invitado a los comentarios del público.

El proyecto de directrices para las empresas multinacionales y las administraciones fiscales se centran en una resolución más rápida de las controversias fiscales transfronterizos a través de los procedimientos de mutuo acuerdo (MAP) y los arbitrajes entre las partes. Significativamente, las directrices revisadas, publicado a principios de este mes, han sugerido que el mapa se debe utilizar para resolver los problemas de fijación de precios de transferencia, donde los ajustes correspondientes no están expresamente previstos en los tratados fiscales.

Para acelerar la solución de controversias de precios de transferencia, las normas revisadas de la OCDE, incorporada en el Capítulo IV de la OCDE Modelos de Convenio, ha convocado para el uso de arbitraje, cuando las autoridades competentes no sean capaces de llegar a un acuerdo en el plazo de dos años. Otra recomendación clave es que cada diferencia de precios de transferencia debe ser decidido por sus propios méritos y no ser de referencia o precedencia judiciales de otros casos.

También ha advertido a los contribuyentes en contra de la firma de acuerdos de fijación de precios unilateral de antemano con los países, que incluyen una disposición que impida el acceso a las instalaciones de MAPA, en caso de una disputa de precios de transferencia.

Las directrices revisadas de la OCDE funciona como una recomendación de política para sus 30 países miembros, que incluyen a Australia, Francia, Estados Unidos y el Reino Unido. Mientras que la India sólo tiene un estatuto de observador, expertos fiscales consideran que las normas revisadas que tienen algún impacto sobre la política fiscal del país. "Las directrices de la OCDE podría ser muy relevante en la estela de las directrices de APA se propone para ser presentado por la India en virtud del nuevo Código Tributario directo", PricewaterhouseCoopers (PwC) dijo en un comunicado.

También señaló que en 2008 la India había expresado reservas sobre el uso de MAPA para resolver las controversias de precios de transferencia en la base de que queda fuera del ámbito de aplicación del mecanismo. "Las observaciones anteriores hechas por la India podría ser la base de las negociaciones del futuro tratado de impuestos y en consecuencia tendría que tenerse en la estructuración, mientras que las transacciones transfronterizas", dijo PwC.

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