El aviso de préstamos y de aportaciones para futuros aumentos de capital o recibidos en efectivo se presentará con la nueva versión
El artículo 86-A de la LISR señala que deberá presentarse la información de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que se reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores de $600,000.00.
El artículo 86-A de la LISR señala que deberá presentarse la información de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que se reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores de $600,000.00.
Para estos efectos, se considera efectivo aquellas operaciones realizadas en moneda nacional o extranjera de curso legal, no quedando comprendidas en éstas las operaciones realizadas, entre otras, mediante cheque, traspasos de cuentas o transferencias electrónicas.
El aviso debe presentarse mediante el formato electrónico 86-A, mismo que acaba de ser actualizado, siendo ahora la versión 1.0.1.
Por lo anterior, únicamente se podrán realizar envíos utilizando esta versión por lo que en caso de tener instalada cualquier otra, deberá ser desinstalada para proceder a realizar su envío.