La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), en cumplimiento a su objetivo de proteger las garantías y los derechos de los contribuyentes, obtuvo confirmación de criterio por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT), respecto de la entrada en vigor escalonada de las obligaciones consistentes en llevar la contabilidad en medios electrónicos y enviar la información contable de manera mensual a ese organismo recaudador, lo cual brinda seguridad jurídica a los contribuyentes.
Ello, en virtud de que fue en los resolutivos tercero y cuarto de la Séptima Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RM) para 2014, donde se estableció la gradualidad de la contabilidad electrónica, disponiendo que sólo aquellos contribuyentes que hubieran obtenido ingresos acumulables superiores a 4 millones de pesos (mdp) en 2013, así como las instituciones financieras, serán los que estarán obligados a llevar y enviar su contabilidad electrónica, a partir del 1 de enero de 2015, mientras que los restantes contribuyentes lo harían a partir de enero de 2016.
Sin embargo, en la RM para 2015 no se reiteraron dichas disposiciones, lo cual ha provocado inquietud en los contribuyentes sobre si subsiste la gradualidad de la entrada en vigor de la contabilidad electrónica.
A requerimiento de la PRODECON, el SAT ha confirmado al organismo autónomo que subsisten las disposiciones mencionadas, aclarando tal situación mediante el artículo cuarto resolutivo del documento publicado en su página de Internet, denominado “Primera Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015 y sus anexos 1 y 3”.
Fuente: PRODECON