lunes, 4 de agosto de 2014

SAT: Resolución de junio favorable a los contribuyentes

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer la resolución favorable a los contribuyentes, correspondiente al mes de junio de 2014:
FechaTemaSubtemaResolución
12-Jun-2014Ley del
Impuesto Especial
sobre Producción
y Servicios
Tasas
aplicables
De acuerdo con lo expuesto por el contribuyente, se confirma que las tostadas y totopos que comercializa (siempre y cuando posteriormente a su elaboración no se les adicione sal, cualquier otro ingrediente o aditivo para alimento), serán consideradas alimentos de consumo básico en los términos de la regla I.5.1.3. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RM) para 2014 (DOF 30-XII-2013), y modificada mediante la Primera Resolución de modificaciones a la citada RM (DOF 13-III-2014) y, por ende, su enajenación no será objeto de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (LIESPYS), en los términos del artículo 2, fracción I, inciso J), numeral 8 de la ley de la materia
Es importante destacar que esta Resolución no genera derechos para los contribuyentes.
Fuente:SAT
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