jueves, 19 de agosto de 2010

SE HABILITA A SEPOMEX PARA REALIZAR NOTIFICACIONES PERSONALES

El Servicio de Administración Tributaria ha habilitado al Servicio Postal Mexicano (Sepomex) –en los términos del último párrafo del artículo 134 del Código Fiscal de la Federación y de la regla I.2.20.1 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 2010–, para que en su carácter de tercero habilitado realice las notificaciones personales previstas en la fracción I del artículo 134 del Código Fiscal de la Federación.

Este servicio inicia a partir de la tercera semana de agosto de este año y las administraciones locales de recaudación se incorporarán gradualmente.

Nueva versión al 17 de agosto del presente. Anteproyecto de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010


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