martes, 25 de mayo de 2010

DARÁN CÁRCEL POR ELUDIR FISCO VÍA “OUTSOURCING”


Todos los contribuyentes que utilizaron esquemas de outsourcing para aminorar el pago de impuestos si no se ponen al corriente enfrentarán sanciones que podrían llegar a la cárcel, advirtió el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

La autoridad en México envió una serie de misivas a los contribuyentes que adoptaron esos esquemas, en donde les invita a hacer un análisis de su situación fiscal para que se corrijan.

En la carta, en poder de EL UNIVERSAL, expone que detectaron varios despachos de asesoría fiscal que han ofrecido a sus clientes “planeaciones fiscales agresivas” para simular operaciones con el único propósito de eliminar cargas tributarias.

“De las revisiones efectuadas por la autoridad a los despachos de asesoría fiscal, que ofrecen los esquemas indebidos de sustitución laboral, se detectó que usted ha utilizado sus servicios”, expuso el órgano a cargo de Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. La carta exhorta a los contribuyentes a no hacer uso de esos esquemas fiscales.

Acusó que en la simulación de operaciones utilizada por empresas se han establecido sociedades cooperativas, sociedades en nombre colectivo, empresas integradoras e integradas, sociedades en comandita simple o sociedades civiles particulares para evadir el pago de impuestos.

Agregó que bajo esos esquemas de suministro de personal, “artificiosamente” se registra a los trabajadores como “supuestos socios”, con lo cual se les paga bajo el concepto de previsión social para evadir el pago de reparto de utilidades, impuestos federales y locales, así como las distintas contribuciones de seguridad social.

La carta girada por las Administraciones General de Auditoría Fiscal Federal y Central de Fiscalización Estratégica informó que tales actuaciones conllevan a la omisión en el pago de impuestos.

“Son contrarias a derecho y dan lugar a sanciones no sólo administrativas sino también de otra índole. Asimismo, se les exhorta a realizar un análisis de su situación fiscal y en su caso corregirla, ya que como ha sido demostrado, este esquema tiene el único propósito de dañar el interés de la sociedad y del fisco federal”, expuso el SAT.

En los argumentos del SAT se planteó que si del análisis realizado a su situación fiscal el contribuyente decide corregirse o ya lo hubiera hecho, deberá informarlo a la autoridad mediante el envío de un escrito en original y copia firmado por el contribuyente o su representante legal.

El contribuyente que recibe la carta tiene un plazo no mayor a 15 días hábiles para informar a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal.

“Se le hace saber que de no atender esta invitación dentro del plazo antes citado, esta autoridad fiscal procederá a ejercer sus facultades de comprobación, de conformidad con lo dispuesto en el Código Fiscal de la Federación”.

Fuente: IMCP

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