Se les recuerda que de acuerdo con el Decreto por el que se expide el Código Fiscal del Distrito Federal para el ejercicio de 2010, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de diciembre pasado, los plazos de presentación tanto del aviso para la presentación del dictamen como el propio dictamen, son los días 15 de febrero y 30 de abril de 2010, respectivamente.
De acuerdo con el Código Fiscal del Distrito Federal, los supuestos aplicables para determinar si se tiene o no la obligación de dictaminarse para el año 2009, son los siguientes:
• Que en el año inmediato anterior, hayan contado con un promedio mensual de 150 o más trabajadores.
• Las que en el año calendario anterior a aquel que se dictamina, hayan contado con inmuebles, de uso diferente al habitacional, cuyo valor catastral por cada uno o en su conjunto, en cualquiera de los bimestres de dicho año, sea superior a $32,852,824.00. El dictamen deberá referirse a las obligaciones fiscales establecidas en este Código por el inmueble o los inmuebles que en su conjunto rebasen este valor.
• Que en el año inmediato anterior, hayan consumido por una o más tomas, más de 1,000 m3 de agua bimestral promedio, de uso no doméstico, de uso doméstico, o ambos.
• Hayan utilizado agua de fuentes diversas a la red de suministro del Distrito Federal y hayan efectuado las descargas de este líquido en la red de drenaje.
• Organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria y fideicomisos públicos conforme a la ley de la materia.
Fuente: Coparmex
martes, 9 de febrero de 2010
AVISO DE DICTAMEN DE CONTRIBUCIONES LOCALES DEL D.F.
Personas Físicas y Morales: