viernes, 4 de septiembre de 2015

Contemplan regreso de la deducción inmediata acelerada en el 2016

El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) trabaja de la mano con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en perfeccionar cambios al marco fiscal en temas como el regreso de deducción inmediata, y no limitar las deducciones personales.
Al respecto, se informó que el IMCP busca que los posibles cambios tengan el visto bueno del sector hacendario, liberando con ello la acotación de las deducciones tanto de empresas como de individuos.
Representantes de la profesión contable organizada del país se han reunido en mesas de trabajo con miembros del SAT, buscando que sus propuestas sean contempladas por las autoridades y tengan eco en los legisladores.
Cabe recordar que la deducción inmediata era una opción que la autoridad fiscal ofrecía a los contribuyentes para disminuir de la utilidad, las inversiones que hicieron durante el ejercicio, y había distintos porcentajes a aplicar para deducir inversiones.
En el 2013 se eliminó la deducción inmediata de inversiones, por lo que a partir de 2014, las inversiones sólo se podrían deducir bajo el procedimiento de línea recta. En su momento se contempló que la eliminación de este beneficio podría ser un inhibidor de la inversión, aunque ese tratamiento no representaba realmente un costo para el erario público, sino un diferimiento del momento de la recaudación.
Los argumentos para su eliminación fueron que ese beneficio fue utilizado “injustificadamente” por los contribuyentes, para reducir su carga tributaria, cuando se trata de una disposición de ley, cuyo objetivo, cuando se incorporó a la misma, fue fomentar la inversión.
La deducción inmediata se contempló por primera vez en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) en 1987, considerando una tasa de descuento del 7.5%; posteriormente, esa tasa de descuento disminuyó al 5% en el ejercicio 1991, y para el ejercicio 1996 se estableció una tasa de descuento del 4%. En diciembre de 1998 se derogó ese estímulo de la LISR.
No hay que perder de vista que existió un Decreto presidencial del 20 de junio de 2003, el cual tuvo la finalidad de fomentar la inversión y la creación de empleos, mismo que estuvo vigente hasta el 31 de diciembre de 2013.
Fuente:Thomson Reuters
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