miércoles, 28 de mayo de 2014

Solicitud para Préstamo a cuenta de Pensión

Es el préstamo que puedes solicitar a cualquiera de las entidades financieras que tengan convenio con el IMSS. Este préstamo se descuenta de tu pensión, de conformidad con la autorización que hayas dado, debes pagarlo en un lapso no mayor a 60 meses.
El tramite lo realiza el Pensionado(a) por Invalidez y Vida, (con carácter definitivo), por Riesgo de Trabajo o Retiro, Cesantía y Vejez, del Régimen de la LSS de 1973.
Si eres pensionado(a) bajo el Régimen de la LSS 97, deberás contactar a la aseguradora que paga tu pensión.
Los documentos a presentar son:
*Impresión del Informe de Pago (incluye Costo Anual Total de cada entidad financiera), el cual se puede solicitar en cualquiera de los Módulos de Comprobación de Supervivencia
*Identificación oficial del asegurado(a) o pensionado(a), como puede ser:
*Credencial para votar
*Pasaporte
*Cartilla del Servicio Militar
*Cédula Profesional
*Impresión de CURP
*Documentación adicional según la entidad financiera a la que solicitaste el préstamo
Otros requisitos
*Que tu pensión esté vigente bajo el Régimen de 1973 o 1997.
*Tener tres meses como mínimo disfrutando de tu pensión.
*Si solicitaste un préstamo antes, debe estar liquidado, por lo menos 4 meses atrás.
*Solicitar el préstamo en cualquiera de las entidades financieras que tenga convenio con el Instituto.
*El préstamo otorgado por la entidad financiera autorizada se cubrirá descontándolo de tu pensión, por lo que es necesario que otorgues un consentimiento expreso para que el IMSS descuente  los importes de ese préstamo y los entregue a la entidad financiera.
*El descuento mensual, considerando cualquier otro descuento, en ningún caso excederá del 30% del monto de tu pensión por mes.
*El pago mensual de tu pensión no debe reducirse a una cantidad inferior a la pensión garantizada prevista en la Ley.
Recomendaciones
*Antes de solicitar un préstamo te sugerimos comparar el Costo Anual Total (C.A.T.) y las condiciones generales del préstamo que ofrecen las entidades financieras que tengan convenio con el IMSS, de esa manera podrás elegir la que más te convenga.
*Los préstamos otorgados a los pensionados se tramitarán en los términos previstos en el convenio entre la entidad financiera y el Instituto.
*La entidad financiera resolverá el otorgamiento de tu préstamo dentro de las 72 horas posteriores a tu solicitud. Además acordará contigo el monto del préstamo, los meses, la tasa de interés y los descuentos mensuales. Estas condiciones serán plasmadas en el documento denominado "Carta de Instrucción", en el cual autorizas al IMSS a descontar mensualmente de tu pensión el importe acordado.
*En caso de que tengas alguna queja o requieras algún tipo de aclaración, te sugerimos acudir a la entidad que te otorgó el crédito.
Fuente. Pagina del Instituto Mexicano del Seguro Social
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