martes, 17 de enero de 2012

Tarjeta con chip=subsidio de tenencia en el DF

Para hacer efectivo el subsidio del 100% en el pago de la tenencia será necesario pagar los derechos por renovación de la tarjeta de circulación con chip, ya sea por estar vencida o venza durante 2012, a pesar de que debieran realizar la renovación posterior al primer trimestre del año.



El trámite para vehículos de uso particular, que cuenten con la tarjeta de papel, se llevará a cabo en los módulos delegacionales y de Setravi, conforme al calendario y requisitos siguientes:


Terminación de placa Mes


5 Enero


7 Febrero


3 Marzo


9 Abril


1 Mayo


Ajustes Nones Junio


6 Julio


8 Agosto


4 Septiembre


2 Octubre


0 Noviembre


Ajustes Pares Diciembre


Las personas físicas presentarán:


• factura original endosada, y/o refactura


• carta factura original vigente (30 días máximo)


• identificación oficial con fotografía


• comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a tres meses


• pago de derechos por el o los trámites a realizar, así como el de refrendo por la vigencia anual de placas de matrícula, correspondiente a 2012


Las morales adicionalmente exhibirán:


• acta constitutiva


• poder notarial con actos de administración, o con facultades específicas para realizar trámites de control vehicular


• identificación oficial con fotografía de la persona que realiza el trámite


• copia de identificación oficial del representante legal


Las tarjetas de circulación con chip, expedidas en 2008 (vencidas) y 2009 (próximas a vencer), si no se ha cambiado de propietario, se renovarán en los 9 Centros de Servicio de Tesorería, así como en las 10 Administraciones Tributarias. Para acudir se deberá hacer cita a partir del día 5 de febrero de 2012, accesando a la página web: www.renovacion.df.gob.mx; el trámite inicia el 15 de febrero y concluye el 31 de diciembre de 2012, sin importar la terminación del número de placa.


El personal de los módulos delegacionales y de Setravi, deben atender a todo ciudadano que acuda a realizar el trámite, sin importar la terminación del número de la placa ni el comprobante de domicilio, siempre y cuando éste pertenezca al Distrito Federal.


Vigencia: A partir del 16 de enero de 2012.


Fuente: IDC Online



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