jueves, 23 de junio de 2011

DECLARACIÓN INFORMATIVA MÚLTIPLE FORMA 30 INSTALACIÓN DEL SISTEMA



El SAT por medio de su pagina de internet da a conocer la nueva versión DIM 2011 V. 3.3.8


Para ejecutar el sistema DIM 2011 V. 3.3.8 se requiere el software de Java 1.3.1, no obstante, al descargar el instalador del sistema DIM incluye el software de Java, con las configuraciones predeterminadas para facilitar la Carga Batch.


Versión del sistema DIM, provistas de un asistente de instalación.

• Descargue e instale el siguiente archivo y siga las indicaciones del asistente de instalación, aún si contara con alguna otra versión de Java.

( 18,633 kB) DIM_2011.exe

El sistema DIM, incluye el Formulario 30 y los Anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10. El proceso de instalación se realiza en la siguiente ruta de su Disco Duro c:\dem_11\Multiple


Manual de Instalación:
( 716 kB) Versión
• ( 618 kB) Versión

Manual del usuario:
• ( 6,793 kB) Versión
• ( 421 kB) Versión


Envío de la declaración


Fuente: SAT


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martes, 21 de junio de 2011

Solicitan empresarios que se elimine el IETU


El sector patronal exigió a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) que elimine de una vez por todas el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) como resultado de su bajo efecto recaudatorio desde su entrada en vigor (2008), esto como respuesta que deberá enviar la dependencia a la Comisión de Hacienda en San Lázaro antes del 30 de junio por concepto de revisión de diversas disposiciones contenidas en la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Gerardo Gutiérrez Candiani, presidente de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), sostuvo que existe evidencia suficiente en favor de la eliminación urgente del IETU: dejar solamente un Impuesto Sobre la Renta (ISR) reformado que incorpore los aspectos rescatables del otro gravamen.

“La recaudación por concepto de IETU no ha alcanzado los objetivos fijados en ninguna de las sucesivas leyes de ingresos, desde que entró en vigor en el 2008. Ese año se quedó corta en 33%; en el 2009, la brecha fue de 19%, y en el 2010 cerró con 15% menos de lo presupuestado, a pesar de que la economía creció 5.5 por ciento. Este año, la tendencia es similar: durante el primer trimestre se recaudó 18% menos de lo proyectado”, refirió.
El próximo 30 de junio vence el plazo para que la SHCP entregue a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados una evaluación sobre la conveniencia de derogar diversas disposiciones contenidas en la Ley del Impuesto Sobre la Renta, recordó el líder patronal.
El objetivo expreso de esta disposición fijada en la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única del 2007 es decidir si algunos tratamientos considerados en el régimen del ISR deben regularse dentro del marco del IETU. Así que “es tiempo de decidir”, instó.

Para las empresas, el IETU ha significado una carga administrativa adicional, que afecta directamente su competitividad, afirmó la Coparmex.

Se han implementado medidas para simplificar, pero no compensan el hecho principal de lidiar con dos impuestos de forma paralela, agregó Gutiérrez Candiani.

A través de la Señal Coparmex, el dirigente empresarial expresó que más allá de incentivar la inversión nacional a través del IETU, ésta se desvaneció y “existe el riesgo de que se desaliente más la Inversión Extranjera Directa.

Está latente la posibilidad de que en Estados Unidos no se permita acreditar este impuesto para efectos del ISR.

Esto impactaría a multinacionales con presencia en México y podría ahuyentar la inversión significativa”.

El empresario recordó que el IETU fue una respuesta alternativa ante la ausencia de acuerdos entre las fuerzas políticas con representación en el Congreso para emprender la reforma hacendaria, pero como en otros temas torales para el país han dominado las necesidades y los intereses políticos, con un predominio de criterios ideológicos y electorales, no técnicos y económicos.

“Los ingresos tributarios totales han aumentado ligeramente: 0.7% entre el 2007 y el 2010, llegando a 9.6% del Producto Interno Bruto (PIB). Sin embargo, aún no retomamos los niveles del 2008 y seguimos muy por debajo del promedio de 20% del PIB entre los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos”, destacó Gutiérrez Candiani.

Fuente: El Economista
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Se pierden los derechos a la aplicación de reglas 2010 para la emisión de C.F.D.



Los contribuyentes que hasta el 31 de diciembre de 2010 utilizaban el sistema de factura electrónica por medios propios o a través de un proveedor externo autorizado, tenían, dentro de sus obligaciones, el envío de un reporte electrónico mensual de los folios utilizados en los comprobantes fiscales digitales (CFD’s), o en su caso, uno de no expedición, que se presentaba dentro del mes siguiente a aquél al cual se informaba.

La obligación continúa aplicándose en todo el 2011, tratándose de facturación por medios propios, y hasta junio de ese año respecto de quienes optaron por expedir CFD’s a través de proveedores de servicios, al ser las únicas opciones que permanecen vigentes en la Resolución Miscelánea Fiscal (RMISC) 2010.

En cuanto a los contribuyentes que expiden CFD’s por medios propios, no eran claras las disposiciones en el sentido de la existencia expresa de una sanción por la omisión de presentar el reporte mensual de folios, aunque sí es menester que el sistema electrónico de emisión de folios genere un archivo con un informe mensual.

No obstante, con la reciente publicación de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la RMISC 2010, se precisa el alcance de entregar o no al SAT el citado reporte, pues expresamente se prevé que ante su no presentación durante dos meses consecutivos, o bien, en tres meses no consecutivos, en el mismo ejercicio fiscal, se perderá en automático el derecho a seguir emitiendo CFD’s, a partir de que se presente el último incumplimiento, y expedirán comprobantes fiscales digitales a través de Internet –CFDI– (regla II.2.23.4.1., último párrafo).

Fuente: IDC Online

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jueves, 9 de junio de 2011

Declaración informativa de notarios públicos y demás fedatarios. DECLARANOT 2009



El Servicio de Administración Tributaria (SAT) mediante su pagina de internet dio a conocer, DeclaraNOT versión 1.1.5. y 1.1.6 programa electrónico dirigido a Notarios Públicos y demás Fedatarios para presentar la información correspondiente al reporte de operaciones mensuales o por operación de enajenaciones y/o adquisiciones de bienes en las que hayan intervenido así como de socios o accionistas que no acrediten contar con RFC y de omisión de avisos al RFC de Personas Morales.

Para ejecutar el sistema DeclaraNOT en su PC, requiere tener instalado el Software de Java. Se recomienda la versión estándar ( 5.11 kB) j2re-1_3_1-win.exe .

• Si ya cuenta con el software de Java, descargue e instale en su PC el siguiente
( 2.01 kB) Decnot_09.exe y siga las indicaciones del asistente de instalación. Versión 1.1.5

• Para usuarios que no cuentan con el software de Java, descargue e instale el siguiente
( 10.4 mB) Decnot_09j150.exe siga las indicaciones del asistente de instalación. Versión 1.1.5

• Versión 1.1.6
( 16 mB) NOT_2010.exe siga las indicaciones del asistente de instalación.

Manual de instalación:
Manual del usuario:
Instructivo para el llenado del programa electrónico:


Fuente: SAT

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viernes, 3 de junio de 2011

Anexo 6



El SAT da a conocer en su página de internet ( www.sat.gob,mx )el Anexo 6 de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010, publicada el 24 de mayo de 2011.


Publicado en el DOF del 26 de mayo de 2011
Fuente: SAT
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jueves, 2 de junio de 2011

Mercado laboral, con dura carga tributaria


En tan sólo una década (del 2000 al 2010) México aumentó 22% los impuestos en el mercado laboral, que lo ubica como el segundo país que más ha crecido los costos para emplear -después de Corea- dentro de las economías que agrupa la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), destacó el Instituto Mexicano para la Competitividad (Imco).

En contraste, Israel ha quitado obstáculos fiscales en 25%, España y Turquía han eliminado impuestos al sector formal en 5%, refirió el organismo privado con datos de la OCDE.

Al sostener que el mercado laboral en México está “enfermo”, Manuel Molano, director adjunto del Imco, urgió a emprender la reforma laboral, dado que apenas 32.8% de los trabajadores en el país aporta a los sistemas de seguridad social y pagan impuestos. El resto se ubica en la informalidad.

Molano explicó que la poca aportación se debe a que la formalidad implica pagar impuestos y la seguridad social.

RUTA CON OBSTÁCULOS
Sin embargo, las personas enfrentan una serie de obstáculos para trabajar en el sector formal: impuestos al trabajo; seguridad social (impuesto puro); mala capacitación para el trabajo; horarios poco flexibles; pocos puestos de trabajo disponibles; poco incentivo a incorporar a grupos de personas con capacidad diferente; seguridad social costosa y de poco beneficio.

El directivo del Imco agregó que las empresas también enfrentan complicaciones para contratar como es el desfase entre salarios y productividad; las relaciones sindicales; liquidaciones futuras de los trabajadores; incertidumbre en la regulación; nuevos gravámenes, y seguridad social costosa con poco beneficio.

Es por ello que las reformas propuestas a la Ley Federal del Trabajo van en el camino de quitar obstáculos a quien necesita un empleo u ofrece un empleo, además de que se requieren futuras reformas a la seguridad social.

Los investigadores del Imco han reiterado en diversas ocasiones que las derivaciones de la reforma laboral pueden significar entre 2 y 3% de crecimiento al año, puesto que habría topes a los salarios caídos y juicios laborales expeditos, factor que ahoga a las empresas.

Molano pugnó por una reforma que genere equilibrio entre sindicatos y empresas, así como menores obstáculos para terminar la relación laboral entre patrón y empleado.
“Al tener tiempos predecibles para los juicios laborales, habría menor incertidumbre a la inversión nacional y extranjera”, aseveró.
Fuente: El Economista
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Telmex apuesta a revertir fallo de SCT



La telefónica interpondrá un recurso de incidencia con el que podría obtener permiso de ofrecer TV; el juez deberá realizar una investigación, remontándose hasta la solicitud de cambio de concesión
El recurso judicial al que recurrirá Telmex para rechazar la decisión del Gobierno que le negó el cambio en su título de concesión para ofrecer televisión de paga, podría derivar en un ordenamiento por parte de un juez para revertir el fallo y obtener el permiso que solicitó desde 2008 para dar el servicio, según expertos en la materia.
La telefónica, que opera ocho de cada 10 líneas fijas en el país, prevé interponer este viernes un recurso denominado "incidente de incumplimiento de sentencia", en el que un juez realizará un análisis exhaustivo desde que solicitó el permiso para operar el servicio de voz y video, hasta la última decisión negativa de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).
"El juez que lleve el caso tendría la oportunidad de ordenar el cambio en el título de concesión", de encontrar que la autoridad incumplió con las reglas establecidas, principalmente en el Acuerdo de Convergencia firmado en 2006, y corroborar que Telmex ha consumado las condiciones que se le impusieron, dijo Ramiro Tova, consultor en regulación y competencia económica, y profesor del ITAM.
Sin embargo, una vez interpuesto este recurso, no existen plazos para que las autoridades judiciales den una fecha concreta para emitir su resolución.
El martes, Arturo Elías Ayub, director de comunicación, relaciones institucionales y alianzas estratégicas de Telmex, dijo que a través de recursos que se interpondrán en el Poder judicial, se defenderá el cambio en su título de concesión.
"Vamos a trabajar por dos lados diferentes: seguir con el proceso legal y trabajar con la SCT para que nos digan claramente qué es lo que no hemos cumplido", señaló el directivo.
El 3 de octubre de 2006, la SCT publicó el Acuerdo de Convergencia en el cual la Comisión Federal de Competencia (CFC) estableció que para permitir que Telmex incursione en el mercado de la televisión, debe cumplir con la plena interconexión de redes, interoperabilidad y portabilidad numérica.
El 30 de julio de 2008, Telmex solicitó a la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) emitir su opinión favorable, con un plazo de 60 días según el Acuerdo de Convergencia, al haber cumplido con los requisitos establecidos. Este órgano regulador no otorgó respuesta en el plazo establecido, dando pie al término jurídico de ‘afirmativa ficta' con el que se entendía que daba su autorización.
Cabe destacar que el Acuerdo de Convergencia, en su artículo décimo menciona que "en caso de que la Cofetel no notifique a los concesionarios con restricciones la respuesta sobre la opinión favorable de cumplimiento solicitada, dentro de los plazos antes señalados, ésta se tendrá por otorgada".
La telefónica, propiedad de Carlos Slim desde hace 20 años luego de que el Estado decidiera privatizarla, solicitó a la SCT el 18 de diciembre de 2009 una respuesta tras la autorización de la Cofetel. La dependencia no dio respuesta.
Ante la negativa del Gobierno federal, Telmex recurrió a los tribunales y el pasado 12 de mayo recibió un amparo con el que se ordenó a la SCT dar una respuesta "congruente, completa, fundada y motivada". El viernes pasado la SCT negó el cambio en el título de concesión justificando que la empresa no ha entregado información a tiempo al Gobierno sobre la interconexión, según el propio titular de la dependencia, Dionisio Pérez-Jácome.
"Telmex quiere poner en evidencia ante el público que están siendo injustos con él", dijo sobre el recurso de incidencia el especialista en regulación de la Universidad Panamericana (UP), Gerardo Herrera.
Empresas de telefonía como Axtel han insistido en que desde 2009 Telmex niega la interconexión en la mitad de las Áreas de Servicio Local, además de que interrumpe y bloquea la interconexión de las llamadas al incluir grabaciones no autorizadas por la SCT y/o Cofetel.
"Desde 2009 no entrega (Telmex) enlaces a Axtel, para impedir que prestemos servicios a entidades de Gobierno y empresariales", dijo la telefónica el pasado 31 de mayo por medio de un desplegado publicado en medios de comunicación.
Además del recurso judicial, Telmex planea acercarse a la SCT para que le expliquen en qué puntos exactos ha incumplido con las condiciones establecidas y así poder solicitar de nuevo el cambio en el título de concesión para ofrecer televisión de paga.
"El impacto más significativo de no poder ofrecer servicios de video es no ser capaz de igualar las ofertas de los otros operadores de cable que ofrecen servicios empaquetados en triple play" (telefonía, Internet y televisión de paga), según un reporte de Deutsche Bank.
El análisis del banco prevé que otros operadores que ya ofrecen estos servicios, principalmente Televisa y sus empresas de cable, además de Megacable, Maxcom, entre otras, ganarán cuota de mercado. Sin embargo, dadas las difíciles condiciones de interconexión en el país, estos operadores han tenido menos éxito, detalló.
"Mientras que en Chile y Brasil alrededor de 70% de los clientes de televisión de paga se suscribe al servicio de telefonía, en México esta proporción es cercana a 25%. Por esta razón, el impacto de no ofrecer triple play en México es menos perjudicial para Telmex", dijo Deutsche Bank
Fuente: CNN Expansión


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