miércoles, 15 de diciembre de 2010

LA SCJN LEVANTA EL APLAZAMIENTO DEL DICTADO EN LA SENTENCIA EN LOS RECURSOS DE REVISIÓN EN LOS QUE SE IMPUGNAN LOS ARTÍCULOS DE LA LIETU



La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó en el DOF el Acuerdo General número 16/2010, por el que se levanta el aplazamiento del dictado en la sentencia en los recursos de revisión del conocimiento de los Tribunales Colegiados de Circuito en los que se impugnan los artículos de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única (LIETU), publicada el 1 de octubre de 2007, vigente a partir del 1 de enero de 2008 y se ordena la remisión a los Tribunales Colegiados de Circuito, para su resolución, de los referidos asuntos que se encuentran en la propia SCJN o en los Juzgados de Distrito, relacionado con los diversos 6/2008 y 5/2009, de 8 de abril de 2008 y 15 de junio de 2009, respectivamente.
Fuente: DOF

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