En el marco de esta Estrategia Nacional, el Ejecutivo Federal enviará al Congreso de la Unión un paquete legislativo en el que destaca el Proyecto de Iniciativa de Ley para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y Financiamiento al Terrorismo.
Las principales medidas que contempla esta iniciativa de ley son:
A.- Restricción en las operaciones con dinero en efectivo.
• Queda prohibida la adquisición de cualquier bien inmueble en efectivo (moneda nacional, divisas o metales preciosos). Los fedatarios públicos se encuentran impedidos para escriturar;
• Se prohíbe el pago en efectivo de más de 100 mil pesos en la adquisición de vehículos aéreos, marítimos y terrestres; relojes y joyería; boletos de apuestas o sorteos; transmisión de títulos accionarios; y
• Las operaciones que se realicen en contravención a esta disposición serán sancionadas con prisión de 5 a 15 años, y con multa de mil a cinco mil días.
B.- Nuevos Sujetos Obligados a Reportar Operaciones. Tendrán obligación de reportar ciertas operaciones a las autoridades administrativas quienes se dediquen habitualmente a:
• La realización de concursos, sorteos o juegos;
• La emisión o comercialización de tarjetas de servicios o crédito;
• El otorgamiento de préstamos o contratos de crédito;
• La comercialización de inmuebles;
• La compraventa de metales preciosos, joyería y relojes;
• La venta o arrendamiento de vehículos aéreos, marítimos y terrestres, así como de obras de arte;
• El traslado de valores y blindajes;
• Servicios contables y jurídicos; y
• Dar fe pública (notarios y corredores).
Las obligaciones que esta iniciativa de ley contempla para los Sujetos Obligados a Reportar Operaciones son: identificar clientes y usuarios que realicen operaciones reguladas, recabar y conservar documentación e información de sus clientes y presentar reportes a la SHCP.
Las obligaciones de las entidades en materia de reportes se mantienen sin cambio conforme a lo previsto en las leyes financieras, y continúan obligadas a presentar reportes sobre operaciones inusuales, relevantes, transferencias de recursos y todas las demás obligaciones en esta materia.
El Reglamento de la Ley determinará los montos de las operaciones a reportar, lo que permitirá un régimen flexible que pueda adecuarse a la diversidad y características de las operaciones.
Fuente: IMCP