El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa que las donatarias autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) están obligadas a poner a disposición del público en general la información referente a la transparencia y al uso y destino de los donativos recibidos.
La obligación correspondiente al ejercicio 2008 se podrá cumplir de enero a mayo de 2010, por lo que el plazo para cumplir con esta obligación es hasta el 31 del presente mes. Para ello, los contribuyentes obligados deberán ingresar al portal del SAT, sección Mi Portal, utilizando la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) o la Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC), y capturar la información en la aplicación de transparencia.
El organismo reitera que el incumplimiento de esta obligación es causa de revocación de la autorización para recibir donativos deducibles, sin perjuicio de las demás sanciones que en su caso procedan, y no podrán obtener nuevamente la autorización sino hasta el ejercicio siguiente a aquél en que se le haya notificado la revocación.
El organismo reitera que el incumplimiento de esta obligación es causa de revocación de la autorización para recibir donativos deducibles, sin perjuicio de las demás sanciones que en su caso procedan, y no podrán obtener nuevamente la autorización sino hasta el ejercicio siguiente a aquél en que se le haya notificado la revocación.
Fuente: SAT