La SE invirtió el orden de publicación de las 18va y de la 19va modificación a las reglas y criterios de comercio exterior
Aun cuando la Secretaría de Economía (SE) había enviado para su revisión a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER) el anteproyecto de la “Décimo octava reforma al Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y Criterios de Carácter General en Materia de Comercio Exterior”, dado a conocer en la nota de comercio exterior "Reglas y criterios nuevamente reformados", después presentó el anteproyecto de la décimo novena reforma a ese Acuerdo.
Independientemente de lo anterior, y ante la urgencia de publicar las medidas de vigencia de los registros para la certificación de origen al amparo de diversos tratados y acuerdos comerciales contemplada en el Anteproyecto de la 19va reforma, se modificaron los nombres de los Acuerdos, esto es, la “décimo novena por la décimo octava y viceversa”, con lo que se espera evitar confusión y seguir el orden consecutivo de esas publicaciones.
Aun cuando la Secretaría de Economía (SE) había enviado para su revisión a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER) el anteproyecto de la “Décimo octava reforma al Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y Criterios de Carácter General en Materia de Comercio Exterior”, dado a conocer en la nota de comercio exterior "Reglas y criterios nuevamente reformados", después presentó el anteproyecto de la décimo novena reforma a ese Acuerdo.
Independientemente de lo anterior, y ante la urgencia de publicar las medidas de vigencia de los registros para la certificación de origen al amparo de diversos tratados y acuerdos comerciales contemplada en el Anteproyecto de la 19va reforma, se modificaron los nombres de los Acuerdos, esto es, la “décimo novena por la décimo octava y viceversa”, con lo que se espera evitar confusión y seguir el orden consecutivo de esas publicaciones.
Para cumplir con ello, el 25 de febrero de 2010 se publicó en el DOF la actual décimo octava reforma a tales reglas y criterios en materia de comercio exterior, mediante la cual se prorroga hasta el 31 de julio de 2011, la vigencia de las siguientes resoluciones de registros de productos elegibles para preferencias y concesiones arancelarias para la obtención:
• de los certificados de origen del: Sistema Generalizado de Preferencias (SGP); Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI); y de los Tratados de Libre Comercio celebrados con Uruguay, la Unión Europea (UE), la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) y el Japón
• del carácter de exportador autorizado para la UE y AELC
La “décimo octava reforma” anunciada, ahora “novena”, seguirá en el proceso regulatorio en la COFEMER, para su posterior publicación.
Fuente: idconline.com
La “décimo octava reforma” anunciada, ahora “novena”, seguirá en el proceso regulatorio en la COFEMER, para su posterior publicación.
Fuente: idconline.com