La Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) presentó esta semana a los senadores del PAN el documento “Hacia una reforma laboral para la productividad y prevención social”, fechado en febrero del 2010, donde plantea varios mecanismos para la democratización de los sindicatos en México, sin violar -considera- el derecho a la libre asociación ni pretender injerir desde el Estado en su vida interna.
En el documento de 220 cuartillas -del cual tiene una copia El Economista-, y que está elaborado con base en 320 iniciativas que se han presentado en el Congreso, la STPS, a cargo de Javier Lozano, considera que las huelgas, “cuando carecen de un motivo real, ocasionan perjuicios económicos a las empresas, por lo que ante la amenaza de un posible recuento, algunos patrones ceden a la extorsión y prefieren llegar a un arreglo económico”.
Promueve que, para declarar la huelga, los sindicatos deberán acreditar que representan a cuando menos un tercio del total de trabajadores de una empresa, y el argumento que esgriman no podrá volver a presentarse ante la Junta de Conciliación y Arbitraje en un plazo de un año.
Para denunciar e impugnar un Contrato Colectivo de Trabajo, los sindicatos deberán cubrir también el requisito de comprobar que representan a cuando menos un tercio del total de trabajadores.
Para denunciar e impugnar un Contrato Colectivo de Trabajo, los sindicatos deberán cubrir también el requisito de comprobar que representan a cuando menos un tercio del total de trabajadores.
Inexistencia de huelga
Plantea que los sindicatos sólo podrán hacer un emplazamiento a huelga para demandar la firma de un nuevo Contrato Colectivo de Trabajo, porque actualmente lo hacen hasta en dos o tres ocasiones. Prevé un mecanismo para que la Junta de Conciliación pueda declarar la inexistencia de la huelga si el sindicato no cumple con los requisitos para el emplazamiento. “Debe haber una consulta con los trabajadores y que éstos la autoricen”, refiere.
Plantea que los sindicatos sólo podrán hacer un emplazamiento a huelga para demandar la firma de un nuevo Contrato Colectivo de Trabajo, porque actualmente lo hacen hasta en dos o tres ocasiones. Prevé un mecanismo para que la Junta de Conciliación pueda declarar la inexistencia de la huelga si el sindicato no cumple con los requisitos para el emplazamiento. “Debe haber una consulta con los trabajadores y que éstos la autoricen”, refiere.
El gobierno argumenta que con esto se les daría estabilidad a los centros de trabajo, a sindicatos y patrones, porque se evitarían las extorsiones y la simulación de actos lesivos contra el trabajador.
También prevé mecanismos para proteger a terceros que vean afectados sus bienes durante una huelga, a fin de que éstos les puedan ser restituidos.
Ordena a los sindicatos a hacer obligatorio el voto libre en el desahogo de la prueba de recuento de los trabajadores, para evitar represalias en contra de los empleados, al ser secreta la manifestación de su voluntad. Además, los obliga a consultar a los trabajadores si desean o no que se les descuenten de su salario las cuotas sindicales.