viernes, 7 de agosto de 2009

PRIMERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2009.


El dia 7 de agosto del 2009, el SAT publicó en su página de Internet www.sat.gob.mx, la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2009, a través del cual se informa el nuevo plazo para la presentación del dictamen de estados financieros y demás información a través de Internet.

Presentación del dictamen de estados financieros y demás información a través de Internet

Para los efectos de los artículos 32-A y 52, fracción IV del CFF, los contribuyentes que se encuentren obligados o que hubieran manifestado la opción de hacer dictaminar sus estados financieros, deberán enviar su dictamen fiscal y demás información y documentación a que se refieren los artículos 49 y 54 del Reglamento del CFF, vía Internet a través de la página de Internet del SAT.

Los contribuyentes al enviar su dictamen fiscal vía Internet, lo harán dentro del periodo que les corresponda, según el calendario que se señala a continuación, considerando el primer caracter alfabético del RFC; o bien, lo podrán hacer antes del periodo que les corresponda.


Tratándose de sociedades controladoras que consoliden su resultado fiscal, deberán enviar el dictamen fiscal y la demás información y documentación a que hace referencia el primer párrafo de esta regla a más tardar el 7 de septiembre de 2009.


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