lunes, 9 de mayo de 2011

Nueva NOM para realizar trabajos en altura


La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) dio a conocer el contenido de la NOM-009-STPS-2011, Condiciones de seguridad para realizar trabajos en altura, como consecuencia de las observaciones formuladas por diversos particulares derivadas de la convocatoria efectuada por dicha dependencia el 22 de octubre de 2010.

Objetivo
Establecer los requerimientos mínimos de seguridad para la prevención de riesgos laborales por la realización de trabajos en altura.

Aspectos a destacar
Se adecuan y adicionan nuevas definiciones de conceptos aplicables a la NOM; reestructuran las obligaciones de los patrones y trabajadores, así como los procedimientos de orden técnico.

Además se contemplan guías de referencia cuyo contenido no es de cumplimiento obligatorio, pues su propósito es complementar la NOM de referencia para su mejor aplicación.

Norma derogada: A partir de la fecha en que entre en vigor la NOM-009-STPS-2011, quedará sin efectos su similar NOM-009-STPS-1999, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 31 de mayo de 2000.

Vigencia: Entrará en vigor a los tres meses siguientes a su publicación en el DOF, es decir, el 6 de agosto de 2011.

Fuente: IDC Online de (Norma Oficial Mexicana NOM-009-STPS-2011, Condiciones de seguridad para realizar trabajos en altura (DOF, STPS, 6 de mayo de 2011).)


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