martes, 19 de abril de 2011

SAT: Primera devolución de saldos a favor 2010 por 312 mdp



Mediante el comunicado de prensa núm. 064/2011, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que inició las devoluciones de saldos a favor del impuesto sobre la renta (ISR), para aquellos contribuyentes que presentaron correctamente su declaración anual del ejercicio 2010, antes del 3 de abril.

En esa primera emisión se obtuvieron los siguientes resultados:

1. Se autorizó el pago a más de 43 mil contribuyentes.

2. El monto de las devoluciones equivale a más de 312 millones de pesos (mdp).

3. En promedio la devolución de cada contribuyente es de 7 mil pesos.

4. Se mantuvo en 12 días el tiempo promedio para depositar los saldos a favor.
El SAT recomienda tomar en cuenta los siguientes aspectos al elaborar la declaración anual 2010, para que proceda la devolución automática de saldos a favor:

1. Proporcionar la Clave Bancaria Estandarizada (Clabe), a nombre del contribuyente.

2. Enviar la declaración con Firma Electrónica Avanzada (FIEL), cuando el saldo a favor sea mayor de 10 mil pesos.

3. Capturar correctamente los datos y montos de las deducciones personales.

4. Llenar todos y cada uno de los campos de la declaración; cualquier omisión puede dar motivo al rechazo de su devolución.

5. Verificar que el patrón no haya efectuado el cálculo anual del impuesto y, en consecuencia, que no haya acreditado el impuesto retenido.

Es importante destacar que cuando la devolución automática no procede, se debe principalmente a errores de identificación o a datos incorrectos en la declaración, aunque tampoco se autoriza cuando hay incongruencias con la información proporcionada por terceros (declaraciones informativas) o discrepancia en las deducciones personales.

Los contribuyentes pueden consultar en el portal de Internet del SAT el estado que guarda su devolución o la información que les permita corregir cualquier situación que le ocasione el rechazo de la misma.

Para mayor información, el SAT pone a disposición de los contribuyentes su portal de Internet (sat.gob.mx), o bien, el teléfono 01 800 INFOSAT (46 36 728).

Fuente: SAT
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