lunes, 19 de abril de 2010

SE DIFIERE EL COBRO DE COMISIONES


A partir del próximo 5 de mayo, la comisión por el uso de cajeros automáticos sólo podrá ser cobrada por la:

• institución financiera que preste el servicio a través de cajeros automáticos, o por
• la emisora de la tarjeta

Asimismo, a partir de esta fecha, los operadores están obligados a desplegar en la pantalla de sus cajeros automáticos la información relativa a la comisión que se cobre, indicando el:

• concepto del cobro
• importe total de la comisión (en moneda nacional), sin impuestos
• quien percibirá la comisión

Tratándose de disposición de efectivo, adicionalmente se mostrará el monto de la comisión que por este concepto determine la emisora.

Fuente: IDC ONLINE

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