El Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitió el Proyecto de la regla I.2.18.14. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RM) para 2009, en el cual se establecen los lineamientos aplicables para efectos del artículo 52, fracción II del Código Fiscal de la Federación (CFF), relativos a los requisitos para que el contador público registrado (CPR) dictamine estados financieros, en relación con el artículo 67, fracciones VII, VIII y IX de su Reglamento (RCFF), referente a los impedimentos para que dicho contador dictamine para efectos fiscales.
fuente:SAT