El Instituto Mexicano de Contadores Públicos dio a conocer a través de la página de Internet del Colegio de Contadores Públicos de México el aviso 80/2008-2009 mediante el cual difunde que la titular de la Coordinación de Corrección y Dictamen del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), contadora Francisca Gabriella Calles Villegas, solicitó comunicar a los contadores que dictaminarán el cumplimiento de las obligaciones en materia de seguridad social en el ejercicio 2008, de los patrones que aplicaron el beneficio del 5% de exención de cuotas patronales, lo siguiente según tengan:
El obtenido una vez aplicado el descuento del 5%, es decir el 95% del total a pagar
el correspondiente al 5% por los meses en que se haya aplicado el beneficio
el total que el patrón debió pagar (100%),
Más de un registro patronal: es recomendable ajustar la hoja 2 del Anexo 1, denominada “Cuotas Pagadas en el Período”, por cada uno de los registros patronales asignados al patrón para que quede como se indica:
- En la primera fila se anotará en la columna correspondiente, el registro patronal, así como el importe obtenido por cada una de las ramas una vez aplicado el descuento del 5%, es decir el 95% del total a pagar, y
- En la segunda fila deberá constar el importe que resulte una vez aplicado dicho beneficio, es decir el 5%
Para estar en posibilidad de realizar un cálculo correcto, es importante, que el contador público anote en el recuadro correspondiente a “Notas Relevantes” en cualquiera de los casos antes descritos, los meses en que el patrón se aplicó el beneficio del 5%.